Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 13/2/1987

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Otros. AYUNTAMIENTO DE LUCENA (CORDOBA)

ANUNCIO de concurso (PP. 66/87).

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El Pleno de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión de 20 de noviembre de

1986, aprobó el Pliego de Condiciones para la adjudicación, por concurso, de la concesión del Servicio de Estación Municipal de Autobuses de esta ciudad, y la convocatoria correspondiente, a efectuar al final del trámite reglamentario.

De conformidad con lo prevenido por los artículos 122 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y 121 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, el Pliego fue sometido a información pública por plazo de 30 días, sin que, según queda acreditado en el expediente, se haya formulado ninguna reclamación contra el mismo. Cumplidas, pues, las formalidades legales, en ejecución del citado acuerdo, y conforme previene el artículo 123 del Real Decreto legislativo

781/1986, se anuncia el concurso, de cuyo Pliego de Condiciones el extracto es el siguiente:

1º. Objeto.

El objeto del concurso es adjudicar la concesión de la prestación del servicio de Estación Municipal de Autobuses de esta ciudad, que se realizará en la forma dispuesta en el Pliego de Condiciones y en el Reglamento de Régimen Interior de la Estación; a salvo de las facultades que correspondan a las distintas Administraciones Públicas y de las que impliquen ejercicio de autoridad.

El servicio concedido seguirá ostentando en todo momento la calificación de servicio público de esta Corporación.

La concesión incluye la totalidad del ejercicio del servicio público y el funcionamiento de todos los elementos de la instalación, esto es, las actividades -que se citan a título meramente enunciativo y no exhaustivo- de entrada y salida de autobuses, su estacionamiento, atención a los viajeros, siempre en la forma prevista en el Reglamento de la Estación, consigna, Bar Restaurante, venta de prensa, publicaciones y golosinas, estanco, etc., con las salvedades que se previenen en el Pliego.

2º. Obras, instalaciones, mobiliario y enseres. Son obras e instalaciones cuyo goce se entrega al concesionario las comprendidas en el Proyecto de la Estación, ya ejecutadas íntegramente y recibidas por este Ayuntamiento.

Constituyen el mobiliario, enseres e instalaciones, cuyo goce se entrega al concesionario, los que constan en el Anexo II de este Pliego, según inventario.

El concesionario recibe las obras, instalaciones, mobiliario y enseres, cuyo goce se le entrega, en perfecto estado de conservación y uso.

3º. Inicio del servicio.

El concesionario iniciará la prestación del servicio en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo de adjudicación. Igualmente realizará con la antelación necesaria para ello, a su costa, cuantas obras, instalaciones, amueblamiento, acopio de enseres, etc., sean precisos para el pleno funcionamiento de los servicios de Bar Restaurante, venta de prensa, publicaciones, etc., y estanco.

4º. Duración.

El plazo de la concesión ha sido fijado en 25 años.

5º. Retribución del concesionario.

La retribución del concesionario por la prestación del servicio estará constituida por la percepción de las tarifas, y por el rendimiento de la explotación del Bar Restaurante, local de venta de prensa, publicaciones, etc., y local de estanco.

6º. Tarifas.

Las tarifas a percibir serán las que en cada momento rijan, siendo las aprobadas por la Corporación, con carácter de máximas, y a salvo de la aprobación definitiva del órgano competente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al estar sometidas al régimen de precios autorizados, las que se incorporan al Anexo III del Pliego.

El licitador podrá proponer en su plica tarifas inferiores a las aprobadas actualmente. Tal abaratamiento será criterio a valorar en la licitación.

7º. Personal.

La plantilla de personal para el servicio de la Estación será fijada por el concesionario, quien la someterá a la conformidad del Ayuntamiento, a cuya decisión deberá estarse. En cualquier caso es obligatorio en la plantilla el cargo de Jefe de Estación.

El concesionario es mero gestor indirecto de un servicio público municipal, sin que en ningún caso el mismo, ni sus empleados o dependientes puedan adquirir por tal concepto la condición de Funcionarios o empleados de esta Corporación, que no mantendrá con ninguno de ellos otro tipo de relación que la estricta y meramente derivada del servicio concedido.

8º. Canon.

El concesionario queda obligado al pago a esta Corporación de un canon anual equivalente como mínimo al 1 por 100 del importe de las tarifas que recaude para cada ejercicio, pagadero por semestres vencidos, en los meses de julio y enero. La mejora del canon ofrecida será criterio a valorar en la licitación.

9º. Presentación de proposiciones.

Las proposiciones se ajustarán al modelo que se inserta seguidamente, irán debidamente firmadas y reintegradas (con timbre municipal de 50 pesetas) y se presentarán en la Secretaría de este Ayuntamiento, Negociado de Contratación, en plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente, también hábil, al en que aparezca publicado este anuncio en el Boletín Oficial del Estado; en sobre cerrado, que puede estar lacrado y precintado, en cuyo anverso figurará la inscripción "Proposición para tomar parte en el concurso convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena para la adjudicación de la concesión del servicio de estación municipal de autobuses de esta ciudad".

En el mismo sobre que incluya la proposición, los licitadores adjuntarán la siguiente documentación:

a) Resguardo acreditativo de haber constutuido la garantía provisional, en original o en fotocopia autenticada.

b) Declaración jurada en la que el licitador afirme, bajo su responsabilidad, no hallarse incurso en ningún caso de incapacidad o incompatibilidad para contratar con las Corporaciones Locales, conforme al modelo que se inserta.

c) Fotocopia compulsada del documento acreditativo de la personalidad del licitador, que será el Nacional de Identidad, si es persona natural, y la correspondiente escritura pública de constitución debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si es una Sociedad, acompañándose en este caso también fotocopia compulsada del Documento Nacional de Indentidad del representante de la Sociedad que formule la proposición. d) En caso de que el ofertante actúe como mandatario o representante de una persona natural o jurídica, acompañará poder notarial, que bastanteará el Secretario Letrado de la Corporación, que acredite la representación o mandato en que actúa.

e) Memoria, firmada por el proponente, en la que en capítulos o partes separadas se detallen los siguientes datos:

Tarifas: Comprenderá las tarifas propuestas por el licitador, que percibirá en caso de resultar adjudicatario. Esta propuesta no comprenderá hechos imponibles distintos a los de las tarifas aprobadas por la Corporación como máximas, ni las rebasarán en ningún concepto. Canon: Señalará el canon anual que ofrezca en caso de resultar adjudicatario, siendo el mínimo el 1 por 100 del importe de las tarifas que recaude para cada ejercicio.

Organización propuesta para el servicio, que regirá en caso de resultar adjudicatario: Consignará en este capítulo o parte de la Memoria la plantilla de personal que implantará, y describirá detalladamente la instalación, acondicionamiento y mobiliario con que dotará al Bar Restaurante, local para venta de prensa, etc., y estanco. Otro capítulo o parte separada en que detallará cuantas otras circunstancias, sugerencias o mejoras estime procedentes.

f) Justificante de estar al corriente en el pago de la Seguridad Social, en original o fotocopia compulsada.

g) Justificantes de estar al corriente el licitador de sus obligaciones tributarias, de conformidad con lo prevenido en el Real Decreto 1462/1985, de 3 de julio, comprendiendo la siguiente documentación, en originales o fotocopias compulsadas: Justificante de estar dado de alta en la Licencia Fiscal.

Justificante -en su caso- de haber presentado las declaraciones o documentos de ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionados o de las retenciones a cuenta de ambos y de los Impuestos sobre el Valor Añadido y sobre el Lujo. Justificante -en su caso- de haber presentado la relación anual de ingresos y pagos a que se refiere el Real Decreto

1913/1978, de 8 de julio.

10º. Modelos de documentos

11a. Garantías

Garantía provisional: 50.000 pesetas.

Garantía definitiva: 400.000 pesetas.

Las garantías se constituirán en la Caja de la Corporación, por cualquiera de los medios aceptados por la legislación local, admitiéndose el aval bancario.

12a. Apertura de proposiciones

La apertura de plicas se celebrará en acto público, en esta Casa Consistorial, a las 12 horas del primer día hábil siguiente al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones, ante una Mesa constituida por el Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, y el Secretario del Ayuntamiento, que dará fe del acto.

13a. Criterios de licitación

La licitación se realizará sobre los siguientes criterios, cuya valoración se efectuará conjuntamente, con la puntuación que para cada uno se señala:

Abaratamiento de tarifas sobre las establecidas como máximas: Hasta un total de 4 puntos.

Mayor rendimiento económico para la Corporación (mejora del canon): Hasta un total de 2 puntos.

Mejor organización propuesta para el servicio de la Estación (plantilla de personal, acondicionamiento del Bar Restaurante, local para venta de prensa, etc., y estanco): Hasta un total de 4 puntos.

14a. Oficina que tramita el expediente

El expediente íntegro, así como el Pliego, quedan de manifiesto a los interesados en las oficinas de Secretaría de este Ayuntamiento, Negociado de Contratación.

Lucena, 23 de enero de 1987.- El Alcalde, P.A., El Teniente de Alcalde, Juan Gómez Romero.

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