Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 13/2/1987

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Fomento y Turismo

RESOLUCION de 31 de enero de 1987, de la Delegación Provincial de Granada, sobre información pública de la solicitud de Iberdol. S.A. de declaración de necesidad de ocupación de bienes y derechos a efectos de expropiación forzosa para la continuidad de la explotación denominada San Ramón, del término municipal de Durcal.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La citada Empresa es titular de la concesión directa de explotación "San Ramón", nº 30.066, en término municipal de Durcal, otorgada en fecha 30 de diciembre de 1983, sobre una superficie de cuatro cuadrículas mineras, estando actualmente en explotación y manteniendo vigentes todos sus derechos administrativos. En el informe del Director facultativo correspondiente al plan de labores para el año 1986, se mencionaba la necesidad de disponer de la finca denominada "Romeral" del Zahor" de una superficie de 265.428 m2. a los fines epigrafiados. Por instancia de

27.10.86, completada por escrito de 24.11.86 y 17.12.86, Iberdol, S.A., ha solicitado la tramitación del presente expediente, al amparo de los arts. 105º y 107º de la Ley 22/1973 de 21 de julio (de Minas); arts. 131º y 133º del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Decreto 2.875/1978, de 25 de agosto; Ley de Expropiación Forzosa de

16.12.54 y Reglamento para su aplicación aprobado por Decreto de 26.4.57; y el Real Decreto 4.164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de industria, energía y minas. La descripción de los terrenos es la siguiente: Propiedad: Sociedad Benéfica la Esperanza; c/San Juan s/n, Durcal (Granada). Representante, D. Juan Bautista Zarco Gutiérrez. Porción de terreno inculto y montuoso situado en la Sierra de la Villa de Durcal, procedente del común de vecinos comprensivo de diversos trances o majadas conocidas por los nombres de "Loma del Barranco del Cerro", "Chanja", Solana, Escopetar, o Escobatar. Loma de Pedro de Dios, Zahor, Fuentezuela, Loma del Perro y Fuente Fría. Tiene una extensión aproximada, en la actualidad, tras diversas segregaciones de 3.627.3743 Has., sin contar el trozo llamado de Prado Seco, propiedad del Estado y comprendida en el Trance del Manar (de una extensión de cuatro fanegas) y linda por el Norte, tierras del término del Padul y propiedades que fueron de la Sra. Marquesa de Villareja correspondientes al término de Dilar, Levante el río de Durcal, Barranco del El Pinar, labores del Cortijo de Medina, Arrejadero, praderas, labores de la Magara y Haza de la Cañaba que fueron de D. Francisco Cabezas Robles, D. Ramón Magras, D. Pedro Prieto, D. Mariano Morales y otros, y Dehesa de Durcal que perteneció al infante D. Sebastián; Mediodía, término de Niguelas y Poniente: Labores del Llano de Marchena, que pertenecieron a D. Manuel Ibáñez, Juan R. Urquizas, Gregorio Ortiz, labores del Romeral del Zahor, trance Alto de Manuel Gutiérrez, Juan Castillo, Gregorio Conejero, Pedro Morales, Rambla Seca y vereda de la Loma de las Nieves, en jurisdicción del Padul. Gravada con una servidumbre de conducción de energía eléctrica en el trazado de las líneas de alta tensión con su accesoria de paso para personas y caballlerías, en favor de la Sociedad Fuezas Motrices del Valle del Lecrín. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Orgiva, S. Durcal, Tomo 909, libro 81, folio 30, Finca 3.451, inscripción 1a. Superficie a expropiar: 75.525 m2 de terreno inculto y montuoso, situado en la Sierra de Durcal, entre los parajes del Romeral de la Moraja y el Romeral del Zahor, sito de los collatones de forma trapezoidal siendo su lado más largo el orientado al sur. Está actualmente dedicado a cantera de dolomba y linda a los cuatro vientos con terrenos de la finca de la Sociedad Benéfica la Esperanza de que se segrega. Para la exacta delimitación de esta porción, se parte de la intersección del Barranco que corre al sur de la plaza de cantera con la vereda que parte del camino principal y cruza dicho Barranco. Desde este punto de partida y en dirección N-13º30'E, se miden 305 m. Desde este punto y en dirección E

07º53'N se miden 200 m. Desde el punto anterior y en dirección S.

16º16'E, se miden 270m.: desde el punto anterior, al punto de partida, la dirección W-10º58'S. se miden 350 m. y queda así cerrado el perímetro de la finca. Igualmente se solicita la necesidad de ocupación a efectos de imposición de servidumbre forzosa de paso sobre una franja de terreno, denominada "Camino de la Cantera", en la parte que se halla comprendida dentro de los límites de la finca propiedad de la Sociedad Benéfica la Esperanza y cuya anchura es de 4'5 m. Cualquier persona podrá aportar por escrito duplicado ante esta Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Turismo de la Junta de Andalucía (Secretaría General, c/Dr. Guirao Gea, s/n Edificio Fleming, Granada) los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada, completarla u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación (en este caso indicará los motivos por los que deba de considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación como más convenientes al fin que se persigue). El plazo para formular alegaciones es de quince días a partir de la última de las publicacioens del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado (simple referencia), en el de la Junta de Andalucía en el de la Provincia de Granada, en el diario Ideal de Granada, y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Durcal.

Granada, 31 de enero de 1987.- El Delegado, José María Delgado Molina.

Descargar PDF