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Ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Territorial de Sevilla y por el procedimiento a que se refiere la Ley 62/1978 de 26 de diciembre de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona, se ha interpuesto por la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos y Padres de Familia de Sevilla, recurso contencioso-administrativo, número 337-D.F./87, contra la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 15 de diciembre de 1986, por la que se establece el procedimiento para autorización de percepciones por actividades y servicios complementarios en centros Privados Concertados. A requerimiento de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Territorial de Sevilla, y en cumplimiento del párrafo segundo del artículo 8.2 de la Ley 62/78 de 26 de diciembre, se publica la presente Resolución para notificación a todos los posibles interesados y sirviendo de emplazamiento para que si lo estimasen conveniente a sus intereses puedan comparecer ante dicha Sala asistido por abogado y representado por procurador, en el plazo de cinco días.
Sevilla, 9 de febrero de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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