Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 24/2/1987

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 17 de febrero de 1987, de la Dirección General de Personal, por la que se resuelve la reserva de plaza para aquellos profesores que se encuentren en alguna de las situaciones del artículo del Decreto 18 de octubre de 1957.

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Iltmos. Sres.:

De conformidad con lo dispuesto en el Arto del Decreto de 18 de octubre de 1957 (Boletín Oficial del Estado del 31), y de acuerdo con las normas contenidas en la Resolución de 17 de octubre de 1986 (BOJA núm. 97 de 24 de octubre de 1986).

Esta Dirección General de Personal ha dispuesto:

1º. Conceder la Reserva de Plaza de régimen ordinario que se señala, para su desempeño en propiedad definitiva, a los profesores que a continuación se indican, por cumplirse en ellos alguna de las situaciones profesionales que se relacionan en los distintos apartados del Arto del Decreto de 18 de octubre de 1957.

PROFESORES

Provincia de Cádiz

D. César Roldán Malo, apartado f), a Cádiz. D. Juan Bejarano Galisteo, apartado f), a Cádiz. D. Francisco González Chamorro, apartado f), a Cádiz. D. Manuel Santander Díaz, apartado f), a Cádiz. D. José Mª Santamaría Sánchez, apartado g), a Cádiz, Dª Mª Concepción García Rivera, apartafo g), a Cádiz. Dª Susana Mª Melero Leal, apartado g), a Chiclana de la Frontera. Dª Rosa Mª Redondo de la Iglesia, apartado c), a Jerez de la Frontera. Dª Presentación Galindo Mariscal, apartado c), a Jerez de la Frontera. Dª Rosa Mª Alonso Verjel, apartado c), a Jerez de la Frontera. D. Carlos Sánchez Rojas, apartado f), a Jerez de la Frontera. Dª Mercedes Rider Guiral, apartado f), a Jerez de la Frontera. Dª Eleonora Rider Guiral, apartado f), a Jerez de la Frontera. D. Manuel Pérez Quiros, apartado f), a Jerez de la Frontera. Dª Mª Julia Jiménez Andújar, apartado f), a Jerez de la Fronte?ra. D. Enrique Cabrera Gallardo, apartado f), a Puerto de Santa María. D. Antonio Ojeda Dante, apartado f), a Puerto de Santa María. D. Antonio Muñoz Cuenca, apartado f), a Puerto de Santa María. D. Adolfo Llado Vargas, apartado f), a Puerto de Santa María. Dª Mª del Rosario Ortega Millán, apartado f), a Sanlúcar de Barrameda. Dª Mª del Carmen Baturone Barrilaro, apartado f), a San Fernando. D. Rafael Caraballo Marco, apartado f) a San Fernando.

Provincia de Córdoba

Dª Pilar Villuendas Jiménez, apartado f), a Córdoba.

Provincia de Granada

Dª Mª Gómez Ruiz, apartado f), a Granada

Dª Mercedes Romerosa Mendoza, apartado f), a Granada. Dª Mª del Carmen Fajardo Porras, apartado f), a Granada. D. José Luis Molina López, apartado f), a Granada. Dª Consuelo Esperidón Díaz, apartado f), a Granada. Dª Mª del Carmen Gómez Palacios, apartado f), a Niglas.

Provincia de Huelva

D. Luis Tornero del Pino, apartado f), a La Antilla (Lepe). D. Juan Rafael Vides Toscano, apartado f), a Palos de la Fronte?ra.

Provincia de Jaén

D. Juan Roldán Malo, apartado f), a Linares. Dª Mª del Carmen Salido Sánchez, apartado g), a Linares. D. Julio Martos Jaramillo, apartado f), a Ubeda.

Provincia de Málaga

D. Jesús Felipe Hernaiz Alonso, apartado f), a Alharuín Torre. D. Antonio Parra león, apartado f), a Arroyo de la Miel. Dª Mª Isabel Martín Canosa, apartado g), a Estepona. D. Antonio Fernández Borrego, apartado f), a Málaga. D. Fidel Serradilla Jiménez, apartado f), a Málaga. D. Alfonso Guerrero García, apartado f), a Málaga.

Dª Mª Cristina Muñoz Ramírez, apartado f), a Málaga.

D. Antonio Arroyo Rosales, apartado f), a Málaga.

Dª Victoria C. de la Torre Robles, apartado f), a Málaga. D. Angel Ruiz Aragonés, apartado f), a Málaga.

Dª Luisa Mª Serrano Fuentes, apartado f), a Málaga.

Dª Mª del Carmen Ramírez López, apartado f), a Málaga.

D. José Miguel Morcillo Portal, apartado f), a Málaga.

Dª Mª Gracia Fernández Gómez, apartado f), a Málaga.

Dª Mª del Patrocini0 García Ramos, apartado g), a Málaga. D. Francisco Javier Aragón Ruiz, apartado c), a Maro.

Provincia de Sevilla

D. Francisco López Pérez, apartado c), a Dos Hermanas.

Dª Gracía Arenal Macarro, apartado g), a Dos Hermanas.

Dª Francisca Gabaldón Ybars, apartado g), a Huevar.

D. José Ramón Alonso Carrasco, apartado c), a Sevilla.

Dª Cándida Nieto Alvez, apartado f), a Sevilla.

D Mª del Pilar Pérez González, apartado f), a Sevilla.

Dª Milagros Vázquez Pedreira, apartado f), a Sevilla.

D. Justiniano Tarranilla Antón, apartado f), a Sevilla. Dª Concepción Hernández Martín, apartado f), a Sevilla. D. Manuel Engelmo Lora, apartado f), a Sevilla.

Dª Mª Mercedes Flores Bermejo, apartado f), a Sevilla.

Dª Remedios Jaramillo Sánchez, apartado f), a Sevilla.

Dª Mª Hermelinda Manzano Belda, Artº. 15, O.M. de 23.1.67, a Sevilla. Dª Guadalupe Simancas Roldán, apartado f), a Sevilla.

Dª Mª de la O Márquez Campoy, apartado f), a Sevilla.

D. Julián Lozano Cabello, apartado f), a Sevilla.

Dª Mª de los Angeles de Toro Sánchez, apartado f), a Sevilla. D. Rafael García Vera, apartado f), a Torreblancas.

Dª Mª Paloma de la Concepción Collado Rodríguez, apartado g), a Utrera.

PARVULOS

Provincia de Almería

Dª Beatriz Egea Flores, apartado f), a Almería.

Provincia de Córdoba

Dª Mª del Pilar Pino Ruiz, apartado f), a Córdoba.

Provincia de Granada

Dª Mª de la Aurora Cantero Fernández, apartado c), a Grana?da.

Provincia de Málaga

Dª Mª Dolores Ruiz García, apartado c), a Málaga.

Dª Mª Auxiliadora Cabrerizo Comitre, apartado f), a Málaga.

Provincia de Sevilla

Dª Rosario Torres Urbano, apartado f), a Dos Hermanas.

Dª Carlota Meléndez Ruibérriz de Torres, apartado f), a Sevilla. Dª Emilia Meléndez Ruibérriz de Torres, apartado f), a Sevilla. Dª Mª Dolores Meléndez Ruibérriz de Torres, apartado f), a Sevilla. Dª Mª del Rosario Nogales López, apartado f), a Sevilla.

EDUCACION ESPECIAL

Dª Mª Luisa Salazar Cabrera, apartado f), a Sevilla.

Esta Profesora, al no existir Concursillo dentro de la localidad en este tipo de escuelas, estará a lo dispuesto en el punto 3 y párrafo del punto 19 de la Orden de 20 de octubre de 1986, por la que se convoca el Concurso de Educación Especial.

. Se estiman las siguientes peticiones por asistirles el derecho a obtener destino en las localidades que solicitan, si bien no pueden otorgárseles reserva de plaza en la presente convocatoria por no existir vacantes definitivas en las mismas.

D. Juan Cabral Bustillos.

D. Francisco Cabrera García.

Dª Mª del Pilar García Jiménez.

D. José Mª Gibal Castello.

Dª Mª Crescenciana González González.

Dª Ana Lomas Fernández.

Dª Gloria Luque López.

2.1. Estimadas por diversas causas:

Dª Antonia Mª Castillejo Vilas. Se accede a su petición.

3º. Desestimar las peticiones de los profesores que a continuación se relacionan ordenadas alfabéticamente.

Dª María Luisa Aguacil Villafranca. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Miguel Bonachera Lorenzo. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁdo en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. Dª Laura Espigares Gallardo. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Emilio López Lamolda. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁdo en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Francisco Maldonado Prenafeta. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁdo en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Antonio Manjón Morales. A la fecha de denuncia del Convenio no era propietario en unidad escolar del Centro de régimen de administración especial "Asilo Clínica San Rafael".

Dª María de la Concepción Morito Carrera. La reserva de plaza en Málaga le fue otorgada, con ocasión de vacante, a tenor de lo dispuesto en el Art. del Decreto de 18 de octubre de 1957 (BOE del 31) por Resolución de esta Dirección General de Personal de fecha 15.9.86. No procede nueva adjudicación por la presente convocatoria.

Dª María Josefa Noguerol Santurtón. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. Dª Angela Pérez Bayo. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Maríano Pérez Paniagua. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁdo en ninguno de los apartados del Art. del D ecreto de 18.10.57. Dª Pilar Reguero Fuertes. La reserva de plaza en Marbella le fue otorgada, con ocasión de vacante, a lo tenor de lo dispuesto en el Art. del Decreto de 18 de octubre de 1957 (BOE del 31) por Resolución de esta Dirección General de Personal de fecha 13.8.85. No procede nueva adjudicación por la presente convocatoria.

D. José Robles Muñoz. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁdo en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Antonio Rodríguez Rodríguez. Al resultar anulado el destino que obtuvo en Pilas en virtud del punto VII de la Orden de 8 de mayo de 1986 (BOJA del 14 de junio) no tiene derecho a reserva en esta localidad al no encontrarse en ninguno de los supuestos del Art. del Decreto de

18.10.57.

D. Pedro Romero Lorente. Para poder obtener una unidad de régimen general en la misma localidad de la escuela de Educación Especial, es preciso que los diez años en este tipo de enseñanza lo sean en Centros de Educación Especial Estatales.

Dª Carmen Ruiz García. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Maríano Valenzuela Tello. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Fernando Vargas Iriarte. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57. D. Martín Vega Contreras. Al resultar anulado el destino que obtuvo en Córdoba del punto VII de la Orden de 8 de mayo de 1986 (BOJA del 14 de junio) por no reunir los méritos suficientes para obtener la plaza, no tiene derecho a reserva en esta localidad al no encontrarse en ninguno de los supuestos del Art. del Decreto de 18.10.57.

D. Emilio Viciana Rodríguez. A la fecha de extinción del Consejo Escolar Primario no reunía los diez años preceptivos para que le sea de aplicación el Art. 15 del Reglamento de Patronatos y no se encuentra incluÁda en ninguno de los apartados del Art. del Decreto de 18.10.57.

4º. Todos los profesores a quienes se les ha concedido reserva de plaza por la presente Resolución, continuará en la misma situación provisional en la que se hallen, sirviendo las Escuelas que actualmente desempeñan.

5º. La adjudicación de vacantes efectuadas por esta Resolución no se considera simultánea a los concursos de traslados actualmente en trámite, por lo que los profesores que soliciten en éstos deberán presentar el oportuno desistimiento en el plazo de quince días a partir de la publicación de esta Resolución; en el caso de no hacerlo, se les confirmará en la plaza que pueda alcanzar en corcurso, quedando automáticamente anulada la concesión de reserva de vacante.

6º. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de Reposición, previo al Contencioso Administrativo, ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a partir del siguiente día a aquél en que se publique la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y por la que se entenderán notificados a todos los efectos, aquellos Profesores que han presentado petición de Reserva de Plaza.

Sevilla, 17 de febrero de 1987.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.

Ilmos. Sres. Delegados Provinciales.

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