Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 3/3/1987

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 30 de enero de 1987, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir mediante el sistema de concurso-oposición, plazas de la plantilla laboral de dicho Organismo.

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De acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 2223/1984 de 19 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y el art. 14 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Estatales, publicado por Resolución de 19 de febrero de 1985 de la Dirección General de Trabajo (BOE de 25 de febrero de 1985), este Rectorado ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en la Plantilla Laboral de la Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas Generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas vacantes en la Plantilla de Personal Laboral de la Universidad de Málaga, con las siguientes características:

Denominación Grupo del Convenio Titulación

Un Técnico de Educación Física Grupo I Licenciado o equiv. Un Programador de Gestión Grupo II Diplomado o equiva. Un Intérprete-Informador Grupo III Bachiller Sup. o equiv. Un Oficial 1a de Oficios en calefacción-refrigeración Grupo V Graduado Escolar

Un Oficial 1a de Oficios en electricidad Grupo V Graduado Escolar o equiv.

Dos Oficiales 2a de Oficios en jardinería Grupo VI Certificado Escolar Tres Ordenanzas Grupo VII Certificado Escolar Un Ordenanza, reservada a minusválidos en cumplimiento Ley 13/1982 de 7 de abril Grupo VII Certificado Escolar

Dos Ayudantes de Oficios Grupo VII Certificado Escolar

1.2. La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto en el Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre, en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Estatales y a las normas de esta Resolución. 1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

A. Concurso

B. Oposición

1.4. En la fase de concurso se valorará la situación profesional y las condiciones personales del aspirante, de acuerdo con el baremo que se publica como Anexo I de esta Resolución.

1.5. La fase de oposición estará formada por ejercicios, de carácter eliminatorio, cuya especificidad para cada puesto y normas de desarrollo quedan expuestos en el Tablón de Anuncios del Rectorado de la Universidad de Málaga.

1.6. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.6.1. Fase de concurso: La valoración de los méritos deberá haber finalizado 48 horas antes del inicio de la fase de oposición. 1.6.2. Fase de oposición: La fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Resolución de la Universidad de Málaga.

2. Requisitos de los Candidatos

2.1. Para ser admitido a las pruebas selectivas, será necesario reunir los requisitos siguientes:

A. Ser español.

B. Tener cumplidos los 18 años el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Podrán participar igualmente los menores de dieciocho años y mayores de dieciséis que vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores, o con autorización de la persona o institución que les tenga a su cargo.

C. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las funciones propias de la categoría a la plaza convocada. D. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. 2.2. Los requisitos establecidos en el apartado anterior deberán cumplirse el último día de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia cuyo modelo se publica como Anexo II de esta convocatoria y les será facilitado en el Registro General de la Universidad de todas las Universidades Andaluzas.

3.2. Los méritos alegados para ser valorados según baremo, deberán ser acreditados documentalmente en el momento de presentación de la solicitud de admisión, adjuntándolos a la misma.

Asimismo, podrá acreditar documentalmente cuantos otros méritos o circunstancias estimen convenientes los interesados, siempre que estén en relación con la plaza solicitada.

3.3. La acreditación documental a que se refiere el apartado anterior tendrá los siguientes requisitos:

Minusvalía: Certificado Oficial deláINSERSO'

Experiencia Profesional: Certificado de empresa y documento acreditativo de Alta y/o Baja en la Seguridad Social.

Titulaciones y Cursos de Perfeccionamiento: Fotocopias compulsadas oficialmente de Títulos y Certificados de Asistencia.

Paro: Certificación del INEM.

Primer Empleo: Certificaciones del INEM y de la Seguridad Social de no haber cotizado.

3.4. Los solicitantes se dirigirán al Mgfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Málaga, Plaza de El Ejido s/n. (Edificio del Rectorado), Málaga, 29071, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.5. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General de la Universidad de Málaga. Plaza de El Ejido, s/n. (Edificio del Rectorado) Málaga, 29071, o en la forma establecida en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

3.6. Los derechos de examen serán de 750 pesetas y se ingresarán en la c/c no 352351 "Universidad de Málaga-Caja" abierta en el Banco Hispano Americano, Alameda Principal, Málaga, bajo el nombre "Pruebas Selectivas Personal Laboral de la Universidad de Málaga".

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria a través de la cual se realiza, en su caso, la transferencia a la cuenta indicada.

4. Admisión de candidatos

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, El Rectorado de la Universidad de Málaga, aprobará y hará pública la relación de aspirantes excluidos para cada plaza convocada. El lugar donde se encuentren expuestas las listas de admitidos será publicada en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. Tribunal

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas será designado por el Mgfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Málaga y, de conformidad con lo establecido en el art. 14 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Universidades Estatales, estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El Gerente de la Universidad de Málaga, por delegación del Rector.

Vocales: 2 representantes de Universidad, designados por el Rector. 2 representantes del Comité de Empresa. Secretario, con voz pero sin voto, el Jefe del Servicio de Personal de la Universidad de Málaga. 5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Mgfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales, cuyos nombres se publicarán con la Resolución en que se haga pública la relación de admitidos y excluidos.

6. Comienzo y desarrollo de las pruebas.

6.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. 6.2. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de requisitos necesarios para participar en la convocatoria, será excluido de la misma dando cuenta al Mgfco. y Excmo. Sr. Rector de las inexactitudes o falsedades en que se hubieren podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

7. Calificación de los ejercicios

7.1. Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados en la base

1.4. se realizará de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo I. El total de puntuación obtenida en esta fase no podrá sobrepasar los 20 puntos.

7.2. Fase de oposición: Por la fase de oposición se alcanzará una puntuación máxima de 30 puntos.

7.3. El desarrollo de la fase de oposición para cada grupo de plazas se especifica en Instrucciones que se exponen en el Tablón de Anuncios del Rectorado de la Universidad de Málaga.

7.4. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por suma de las calificaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. En caso de empate, el orden se establecerá, atendiendo a la mayor edad de los aspirantes.

8. Lista de aprobados, presentación de documentos y formalización de contratos.

8.1. Terminada la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación de aprobados, sin rebasar el número de plazas convocadas, en el lugar de realización de los ejercicios. Dicha relación se elevará al Mgfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Málaga, a los efectos de formalización de los contratos.

8.2. En el plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los candidatos seleccionados deberán justificar adecuadamente los requisitos o condiciones exigidos en la convocatoria y que no hubieran debido acreditar en el momento de la presentación de instancias. A este efecto, deberán presentar los siguientes documentos: A. Certificación de nacimiento, expedida por el Registro Civil correspondiente.

B. Fotocopia del D.N.I.

C. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que les será facilitado en la sección de Personal de la Universidad de Málaga.

D. Certificado médico-acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio. Este certificado deberá expedirse por el facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en caso de que esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y Organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de los Organos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las tareas que corresponden a las plazas objeto de esta convocatoria. 8.3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

8.4. Quienes dentro del plazo fijado y, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Periodo de prueba

9.1. Tras la superación de las pruebas, los aspirantes que hayan obtenido plaza formalizarán un contrato en el que se contemplará el periodo de prueba establecido en el Estatuto de Trabajadores para cada categoría de personal, transcurrido el cual adquirirán la condición de personal laboral fijo aquellos que lo hayan superado satisfactoriamente.

10. Norma final

10.1. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Málaga, 30 de enero de 1987.- El Rector, José María Martín Delgado.

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