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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación solicitando autorización administrativa aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, ambos de 20 de octubre, Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión de
20.02.49, de acuerdo con lo ordenado en la Ley 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la Industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada - Escudo del Carmen 31.
LINEA ELECTRICA
Origen: Apoyo final línea Sub. Pampaneira-Bubión. Final: Centro de transformación.
Términos municipales afectados: Bubión.
Tipo: aérea y subterránea.
Longitud en km.: 0,490 y 0,145
Tensión de servicio: 20/15 KV
Conductores: Al.Ac. de 54,6 m2 y Al. 1x150 mm2 aislamiento 12/20 KV Apoyos: metálicos
Aisladores: Cadena
Potencia a transportar: 250 KVA
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Villa Turística
Tipo: Interior
Potencia: 250 KVA
Relación de transformación: 20-15 KV.+/-5%/3x380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 5.466.788 pesetas.
Finalidad: Modificación del trazado de líneas de A.T. que alimentan al C.T. Villa Turística y que fue autorizado por Resolución de este Organismo de 9 de mayo de 1986.
Referencia: 3696/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la Inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los condicionados emitidos por M.O.P.U., Cía. Telefónica Nacional de España y Ayuntamiento de Bubión. El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en meteria de instalaciones elec'tricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 9 de marzo de 1987.- El Delegado, José Prados Osuna.
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