Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 3/4/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 9 de marzo de 1987, por l conformidad a la permuta de unos terrenos, de los bienes de propios del Ayuntamiento de Linares (Jaén), por otros de propiedad de don Luis Molina Minero.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, 109, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de

1951 y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979 de 30 de julio, en relación con el art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de

30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de unos terrenos, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Linares (Jaén), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno en sesión celebrada el día 3 de marzo de 1986, (publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén nº 28 de 4 de febrero de 1986), por otros propiedad de D. Luis Molina Minero y cuyas descripciones son las siguientes:

Propiedad municipal. Parcela de terreno al sitio de Los Jarales con una extensión superficial de 5.000 m2 que lindan: Derecha, entrando con parcela de la misma procendencia; Izquierda, con finca de donde se segregó destinada a calle en proyecto y espalda con otra de igual procedencia. Tiene una valoración pericial de 6.500.000 ptas. Propiedad particular. Haza en el sitio de La Cabezuela o Camino del Molino con una extensión superficial de 1 hectárea. Linda al Saliente, con finca de D. Luis Jiménez Muñoz, poniente y Sur, con finca de donde se segregó de D. Jorge Moreno Herráez y al Norte con el Camino del Molino. Tiene una valoración pericial de 5.000.000 ptas.; existiendo una diferencia entre ambas valoraciones de 1.500.000 ptas. a favor del Ayuntamiento, cantidad a abonar por la propiedad particular.

2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Linares (Jaén).

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de marzo de 1987

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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