Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 3/4/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 9 de marzo de 1987, por l conformidad a la permuta de unos terrenos, de los bienes de propios del Ayuntamiento de Ubeda (Jaén), por otros propiedad de don Blas Santiago, S.A.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, 109, 111.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de

1951 y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979 de 30 de julio, en relación con el art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de

30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de unos terrenos, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Ubeda (Jaén), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno en sesión celebrada el día

22 de diciembre de 1986, por otros propiedad de D. Blas Santiago, S.A. y cuyas descripciones son las siguientes:

Propiedad municipal. Parcela de terreno en el sitio de La Alberquilla, de forma irregular, con una extensión superficial de 1.842,60 m2, con los siguientes linderos: Norte, con la finca matriz, vial según el PGOU; al Sureste, con un frente de 8,5 metros al camino de Madre de Dios; al Suroeste, con un frente de 7,5 metros, con terrenos propiedad de Liderfil, S.A.; Este, con finca matriz, parcela 2; y al Oeste, con finca matriz, parcela 4. Se grava por una carga de reversión a favor del Ayuntamiento si no se cumplen las condiciones que se indican en el citado acuerdo. Tiene una valoración pericial de 552.780 ptas.

Propiedad particular. Parcela de terreno en el sitio de La Alberquilla, con una extensión superficial de 1.073,37 m2 y que linda al Norte y Oeste con la finca matriz; al Sur, con la finca matriz, vial según el PGOU y parcela 11; y al Oeste con la finca matriz, parcelas 13 y 14. Tiene una valoración pericial de 331.674 ptas. Existe una diferencia, a abonar por la propiedad particular a la municipal, entre ambas valoraciones de

221.106 ptas.

2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Ubeda (Jaén).

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de marzo de 1987

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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