Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 3/4/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Fomento

RESOLUCION de 21 de marzo de 1987, de la Delegación Provincial de Jaén, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica y la autorización en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1976 sobre autorización de instalaciones eléctricas y el Capítulo III del Decreto

2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24-11-1939. Esta Delegación Provincial, ha resuelto:

Autorizar a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características técnicas son las siguientes: Finalidad de la instalación: Reformar la línea existente entre las localidades de Cortijos Nuevos-Hornos y Hontanares, y continuarla en nuevo trazado hasta el poblado de Casas de Carrasco,para ampliar la capacidad de transporte y mejorar la calidad de Servicio en la zona rural Nordeste de la provincia de Jaén, conforme a las previsiones del Planer.

LINEA ELECTRICA

Origen: Línea existente "El Tranco-Cortijos Nuevos" Final: Línea existente en el Poblado Casas de Carrasco. Términos municipales afectados: Hornos y Pontones Tipo: Aérea trifásica.

Longitud en Km,: 14,057 en simple circuito y 0,144 en doble circuito. Tensión de servicio: 25 KV.

Conductores: Al-ac. de 54,6 mm2

Apoyos: Metálicos.

Aisladores: De tipo suspendido en cadena de 3 elementos. Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto, pesetas: 31.700.671.

Referencia: 043-008.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eleÁctricas y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 de 20 de octubre. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966 de 20 de octubre.

Jaén, 21 de marzo de 1987.- El Delegado, Manuel Rodríguez Méndez.

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