Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ampliadas las plantillas en los Cuerpos de Bachillerato, por Decreto
377/86 de 24-11, procede determinar para cada Centro, el número de plazas vacantes del Cuerpo de Catedráticos y el número de plazas de Profesores Agregados que les corresponden, indicando las ocupadas en cada caso. En su virtud, esta dirección General de Personal ha dispuesto:
1º) En los Institutos de Bachillerato dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía tendrán la consideración de vacantes y, por ello, podrán ser objeto de concurso, las Cátedras no ocupadas en cada Instituto, de acuerdo con los datos del Anexo I a la presente Resolución.
2º) En los Centros de Bachillerato dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, existirán las Agregadurías que se señalan en el anexo II a la presente Resolución.
3º) Tendrán la consideración de vacantes y, por ello, podrán ser objeto de concurso, las plazas no ocupadas en cada Centro, de acuerdo con los datos del citado anexo II.
Sevilla, 15 de diciembre de 1986.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.
Descargar PDF