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Advertido error en la inserción de la Resolución de esta Dirección General de Personal de fecha 16 de marzo de 1987, publicada en BOJA nº 28, de 31 de marzo de 1987, página 1.148. se transcribe a continuación íntegro el apartado b) del punto 2º, cuyo texto, una vez corregido, debe decir los siguiente:
b) Estarán obligados a concursar los que, comprendidos en el Artº 2º del Decreto de 18 de octubre de 1957, obtuvieron destino en la localidad por Resolución de 17 de febrero de 1987, (BOJA de 24 de febrero), y los que alcancen plaza en la propia localidad de más de diez mil habitantes en los Concursos General de Traslados, Restringido y Preescolar. No podrán participar en el Concursillo los que hubieran obtenido la plaza Sin Consumir.
Sevilla, 3 de abril de 1987.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.
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