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De orden delegada por el Exmo. Sr. Consejero de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento de sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 23 de enero de 1987, por la Audiencia Territorial de Sevilla, en Recurso Contencioso-Administrativo nº 1161/84 promovido por la Empresa José Luis Gómez López, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Don Francisco Castellano Ortega en nombre de Don José Luis Gómez López y de la Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperativas de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 11 de enero y 27 de abril de 1984, debemos de anular y anulamos las mismas por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, ordenando el reintegro de la sanción indebidamente abonada. Sin costas.
Sevilla, 10 de abril de 1987.- El Secretario General Técnico, Pedro Bisbal Aróztegui.
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