Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 20/1/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 383/1986, de 3 de diciembre por el que se acepta la donación a la Junta de Andalucía por el Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz), de un solar, sito en su término municipal, con destino a la construcción de un parque de bomberos.

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Por el Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz), ha sido ofrecido a la Junta de Andalucía un solar de 18.259 metros cuadrados, sito en su término municipal con destino a la construcción de un parque de bomberos. Por la Consejería de Gobernación se considera de interés la aceptación de la mencionada donación.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejería de Economía y Hacienda y, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de diciembre de 1986.

D I S P O N G O :

Artículo 1º. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 80 de la Ley 4/86, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma Andaluza, se acepta la donación a la Junta de Andalucía por el Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz), de un solar de 18.259 metros cuadrados, cuya descripción es la siguiente:

"Parcela sita en la barriada Los Cortijos, de 18.259 metros cuadrados de extensión superficial, definida por los siguientes linderos: al Norte, con terrenos de Guadacorte S.A. en una franja paralela al ferrocarril, de 22 metros de ancho; al Sur, con CN-340; Este, con la carretera antigua de acceso a la depuradora de aguas de la Confederación Hidrográfica del Sur; y Oeste, con terrenos de Guadacorte S.A., en una franja de 112 metros de ancho, paralela al paso superior existente en el P.K. 113'80 de la CN-340".

Inscrita en el registro de la Propiedad de Algeciras, finca 6.191, Inscripción 1ª folio 89, Tomo 906, Libro 110 de Los Barrios. El solar donado se encuentra libre de cargas y gravámenes, asi como de afecciones, y se destinará a la construcción de un Parque de Bomberos.

Artículo 2º. El solar mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad para su ulterior afectación por la Consejería de Economía y Hacienda a la Gobernación.

Artículo 3º. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 3 de diciembre de 1986

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Vicepresidente de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía y Hacienda

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