Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 15/5/1987

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.VEINTE DE MADRID

EDICTO (PP. 354/87).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Modesto de Bustos Gómez Rico, Magistrado-Juez de Primera Instancia no 20 de Madrid.

Hago Saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, promovido por Caja Postal de Ahorros, representada por el Procurador Sr. Guinea y Gauna contra "Obras y Estructuras, S.A.", en los que se ha dictado la siguiente: Providencia Juez. Madrid nueve de Abril de 1987. Sr. de Bustos.

Dada cuenta; el anterior escrito a sus autos y como se pide, procédase a la venta en pública subasta, por primera y en su caso, segunda y tercera vez, y término de veinte días, de la finca perseguida, para cuyos actos que tendrán lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado, se señalan los días 25 de junio la 1a, 22 de julio la 2a y 16 de septiembre la 3a respectivamente, y todos ellos a las 12, horas de su mañana, sirviendo de tipo para la 1a, 2.600.000 pesetas, para la 2a, 1.950.000 ptas., y la 3a sin sujeción a tipo, no admitiéndose posturas que no cubran dichos tipos. Anúnciese el acto por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Boletín Oficial de la Comunidad de Andalucía, y fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado; haciéndose constar además que los licitadores deberán consignar en el Juzgado, en metálico, mediante cheque conformado o en el establecimiento destinado al efecto el cincuenta por ciento de dicho tipo, sin cuyo requisito no serán admitidos; que desde el anuncio hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, depositándose en la mesa del Juzgado junto a aquél, el importe de la consignación o acompañando el resguardo de haberla hecho en el establecimiento destinado al efecto; que las posturas podrán hacerse a calidad de ceder el remate a un tercero; que los autos y la certificación del Registro se hallan de manifiesto en Secretaría, que los licitadores deberán aceptar como bastantes los títulos y no tendrán derecho a exigir ningunos otros, así como que las cargas anteriores y preferentes al crédito del actor seguirán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas sin destinarse a su extinció'n el precio del remate. Líbrese exhorto a Sevilla para notificar estos señalamientos a la demandada. Firmados: Modesto de Bustos. Ante mí, José Luis Pérez. Lubricados.

FINCA QUE SE SUBASTA:

"Finca número seis. Vivienda derecha planta segunda. Ocupa una superficie de edificación aproximada de cincuenta y un metro ochenta decímetros cuadrados y consta de vestísbulo, estar, comedor, cocina, cuarto de baño, tres dormitorios y una terraza. Inscrita en el Registro de la Propiedad no 9 de Sevilla al tomo 1.460, libro 151 de la Sección cuarta, folio 36, finca registral no 10.059, inscripción 1a. Le corresponde una cuota en relación con el total del edifico de 6'25 por ciento".

Dado en Madrid, a nueve de abril de mil novecientos ochenta y siete.- El Secretario.

Descargar PDF