Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 23/1/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Bienestar Social

ORDEN de 23 de enero de 1987, por la que se garantiza el mantenimiento del Servicio Público de Ambulancias para los Centros de la RASSSA ubicados en el Campo de Gibraltar.

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Convocada huelga con carácter de indefinida y a partir de las 0 horas del próximo día 26 de enero de 1987 por el personal de la Empresa "Ambulancias Servicios de Urgencias Nocturnas, S.L.", concesionaria de los servicios de recogida y traslado de enfermos para los Centros de la RASSSA ubicados en el Campo de Gibraltar, servicio público que no puede quedar paralizado en correcto funcionamiento por el ejercicio del legítimo derecho a la huelga que ampara al conjunto del personal convocante de la misma.

Por ello, deben de adoptarse aquellas medidas que sean precisas a los debidos efectos de garantizar el funcionamiento del servicio público referenciado, intentando con ello compatibilizar los intereses generales del conjunto de la Comunidad, con los derechos individuales que a los trabajadores, en cuanto a tales, les asisten. En su virtud, en base a las atribuciones que confiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía el Estatuto de Autonomía y el Real Decreto

4043/1982, de 29 de diciembre, en aplicación de lo dispuesto en el párrafo

2º del artículo 10 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, y a la delegación que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía realizó por Acuerdo de 5 de octubre de 1983,

D I S P O N G O

Artículo Primero. La situación de huelga que afectará al personal de la Empresa "Ambulancia Servicios de Urgencias Nocturnas, S.L.", a partir de las cero horas del día 26 de enero de 1987 y siguientes, habrá de ir acompañada del mantenimiento de los servicios mínimos que figuran en el anexo de la presente Orden.

Artículo Segundo. El artículo anterior no supondrá limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconozca al personal en dicha situación, ni tampoco responderá respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motivan.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de enero de 1987

JOSE Ma ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud