Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 11/6/1987

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 1 de junio de 1987, de la Dirección General de Personal, por la que se convoca concurso público de méritos entre profesores de Educación General Básica, de Bachillerato y de Formación Profesional para la prestación de servicios en los Departamentos de Informática de los Centros de Profesores.

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La Resolución de 22 de octubre de 1985 de esta Dirección General convocó plazas de profesores para atender los Departamentos de Informática (DIN), creados según las previsiones del "Plan Alhambra", establecido por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 9 de mayo (BOJA de 5 de junio), y cuyo capítulo II apartado 5.1, párrafo segundo, que hacía referencia al número y ubicación de estos Departamentos, fue modificado por la Orden de

29 de septiembre de 1986 (BOJA de 17 de octubre). Estando vacantes algunas de las citadas plazas, procede efectuar nueva convocatoria pública para cubrirlas. Por todo ello, esta Dirección General HA RESUELTO:

1. Se convocan para su provisión mediante concursos públicos de méritos los puestos que figuran en el Anexo I de la presente convocatoria.

2. Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos y Agregados de Bachillerato, Profesores Numerarios de Escuelas de Maestría Industrial, Profesores Numerarios y Psicólogos de Enseñanzas Integradas, Profesores de Materias Técnico-Profesionales de Enseñanzas Integradas y Profesores de Educación General Básica, que se encuentren en situación de servicio activo en la fecha de publicación de la presente Resolución y tengan destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

3. Los aspirantes a ocupar estos puestos deberán presentar su solicitud mediante instancia (Anexo II) dirigida al Director General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia y tramitadas a través de la Delegación Provincial correspondiente al destino del aspirante, dentro de los diez dias hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La instancia deberá ir acompañada de una hoja de servicios certificada que se entenderá cerrada al 30 de junio de 1987, de la Memoria (apartado V del Baremo, Anexo III), y de cuantos otros documentos permitan acreditar los méritos que aleguen de entre los que figuran en el citado Baremo de la presente convocatoria.

Asimismo se adjuntará una Memoria Proyecto sobre la programación de actividades de perfeccionamiento en informática para el profesorado del Nivel Docente que corresponda. Las hojas de servicio serán certificadas por las Secretarías de los Centros de destino de los profesores solicitantes.

4. Las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia remitirán a la Dirección General de Personal la documentación presentada por los aspirantes dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de recepción de solicitudes.

5. La Comisión que habrá de seleccionar a los candidatos y, en su caso, efectuar las propuestas de nombramiento, estará constituida de la siguiente forma:

Presidente: El Director General de Personal o persona en quien delegue. Vocales: El Jefe del Servicio de Renovación Pedagógica de la Dirección General de Promoción Educativa y Renovación Pedagógica. Un Jefe de Servicio de la Dirección General de Ordenación Académica. Tres Coordinadores de los Departamentos de Informática. Secretario: Un funcionario de la Consejería de Educación y Ciencia con voz y sin voto.

6. La selección de los aspirantes se efectuará en dos fases: 6.1. En la primera, y de acuerdo con la puntuación obtenida según el Baremo que figura en el Anexo III de esta Resolución, la Comisión preseleccionará hasta un máximo de tres candidatos por plaza, pudiendo un mismo aspirante figurar en la relación de preseleccionado de más de una plaza de las que hubiese solicitado.

La Comisión levantará y hará pública un acta en la que figure la relación de todos los aspirantes presentados a cada plaza, con la puntuación obtenida, indicándose expresamente aquéllos que hayan sido preseleccionados.

Dicha relación se publicará en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y Ciencia y de las Delegaciones Provinciales de Educación, con, al menos, 72 horas de antelación al inicio de la segunda fase, y de igual forma se harán públicos el lugar y la hora en que iniciará esta segunda fase.

6.2. La segunda fase constará de una entrevista personal, con el objeto de completar las características profesionales del candidato, así como de un supuesto práctico ante ordenador, que versará sobre algunas de las actividades habituales que han de desarrollar los miembros de los Departamentos de Informática.

Finalizada esta segunda fase, la Comisión propondrá a la Dirección General de Personal, el nombramiento del candidato seleccionado para cada plaza y, en su caso, el de otros aspirantes que pudiesen cubrir las eventuales renuncias o bajas de los que fuesen seleccionados. Asimismo, la Comisión podrá declarar desierta una plaza si, celebrada la segunda fase del Concurso, considera que ninguno de los candidatos preseleccionados reúne las condiciones idóneas para el desempeño de la labor de Coordinador o Colaborador de un DIN.

De las actuaciones de la Comisión de selección en esta segunda fase, se levantará acta en la que se relacione los candidatos seleccionados y propuestos para nombramiento en cada una de las plazas, así como los que, eventualmente, pudiesen quedar en reserva. Esta acta se hará pública por igual procedimiento que la de la primera fase.

7. Para los profesores seleccionados como Coordinadores de los Departamentos de Informática se propondrá a la Dirección General de Personal su nombramiento en régimen de Comisión de Servicio, por un curso prorrogable por igual periodo de tiempo a juicio de la Dirección General competente.

Los profesores seleccionados como Colaboradores ejercerán sus funciones con dedicación total o parcial a los citados Departamentos de acuerdo con las necesidades de la zona y las disponibilidades de cupo de profesorado otorgadas a cada provincia. En el primer caso se propondrá su nombramiento en régimen de comisión de servicios, por un curso prorrogable por igual periodo de tiempo.

En el segundo caso permanecerán en su puesto de destino, con una reducción horaria mínima de doce horas entre lectivas y complementarias, completando su dedicación en los Departamentos de Informática, pudiéndose prorrogar sus nombramientos en las mismas condiciones anteriores.

8. A los profesores que con arreglo a la presente convocatoria hubiesen sido nombrados, ya sea en régimen de comisión de servicio o sin ella, no se les concederá la renuncia a dicho nombramiento, salvo en los casos en que concurran circunstancias excepcionales que impidan el ejercicio normal de sus funciones.

En todo caso, la Dirección General competente, a propuesta del Director del Centro de profesores o, en su caso, del Coordinador del Departamento de Informática, podrá proponer la revocación, en cualquier momento, de los nombramientos efectuados, previa audiencia de los interesados, a aquellos profesores que no cumplan adecuadamente con las funciones para las que fueron nombrados.

Las vacantes producidas se proveerán, en la medida de lo posible, de acuerdo con lo señalado en el punto 6.2 de la presente convocatoria.

9. Los profesores nombrados en comisión de servicio ejercerán sus funciones en régimen de dedicación especial docente en los Departamentos de Informática. El resto, deberá igualmente acogerse al régimen de la dedicación especial docente en su Centro de destino, completando su horario en los Departamentos de Informática. En todos los casos, estarán obligados a cumplir con la programación de actividades y, en su caso, producción de material de acuerdo con su dedicación a dicho Departamento.

Sevilla, 1 de junio de 1987.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.

Ilmos. Sres. Delegados Provinciales de Educación y Ciencia.

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