Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 11/6/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Fomento

RESOLUCION de 27 de mayo de 1987, de la Delegación Provincial de Jaén, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica y la autorización en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y el Capítulo III del Decreto

2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24.11.1939.

Esta Delegación Provincial, ha resuelto:

Autorizar a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características técnicas son las siguientes: Finalidad de la instalación: Reforma de la línea aérea existente a 20 KV. Mancha Real-Arroyovil, realizando en una primera fase, el tramo de la línea procedente de Jimena hasta el entronque línea Mancha Real-Arroyovil con 1.331 mts., continuando desde este entronque hacia Arroyovil en una longitud de 4.036 mts. instalándose apoyos metálicos, conductores de Al-ac. de 54,6 mm2, y aisladores de tipo suspendido, mejorando así la calidad de servicio en esta zona rural, conforme a las previsiones del Planer.

Características:

LINEA ELECTRICA:

Origen: Línea procedente de Jimena.

Final: Cortijo de "Riez".

Términos municipales afectados: Baeza y Mancha Real. Tipo: Aérea trifásica en simple circuito. Longitud en Km.: 5,367

Tensión de servicio: 20 KV.

Conductores: Al-ac. de 54,6 mm2.

Apoyos: Metálicos.

Aisladores: De tipo suspendido en cadena de tres elementos. Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto, pesetas: 10.146.088.

Referencia: 057-118.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 de 20 de octubre. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966 de 20 de octubre.

Jaén, 27 de mayo de 1987.- El Delegado, Manuel Rodríguez Méndez.

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