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En el recurso contencioso-administrativo núm. 256/1985, interpuesto por D. Jorge Mussa Nasrrawin contra acuerdo de la Consejería de Salud y Consumo de 6 de julio de 11 de diciembre de 1984 en expediente disciplinario, se ha dictado Sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, de fecha 20 de febrero de 1987, declarada firme por resolución de igual fecha.
En su virtud y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Consejería ha dispuesto la publicación para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la citada Sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Fallamos: Que estimándose ajustados a Derecho los acuerdos de 6 de julio y 11 de diciembre de 1984 de la Consejería de Salud y Consumo, desestimamos las pretensiones deducidas contra las mismas por Don Jorge Mussa Nasrrawin. Sin Costas".
Sevilla, 27 de mayo de 1987
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud
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