Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 6/7/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 147/1987, de 3 de junio, por el que se autoriza al Ayuntamiento de El Saucejo (Sevilla) para adoptar su escudo heráldico municipal.

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El Ilmo. Ayuntamiento de El Saucejo (Sevilla) ha estimado oportuno adoptar el Escudo Heráldico que, en parte y de forma tradicional, viene usando como propio el Municipio a fin de perpetuar en él los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesiónes celebradas los días 7 de abril de 1983 y 26 de febrero de 1987, elevó a esta Consejería para su definitiva aprobación proyecto y memoria descriptiva del mismo. El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en los artículos 300, 301 y 302 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de 17 de mayo de 1952, vigentes en el momento de la adopción del acuerdo por parte de la Corporación, visto el informe preceptivo emitido por la Real Academia de la Historia.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en relación con el apartado 3.1 del Real Decreto 3315/1983 de 20 de julio, confiere competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de otorgamiento a las Corporaciones Locales de lemas, honores y distinciones. En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley

6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día tres de junio de mil novecientos ochenta y siete.

D I S P O N G O:

Artículo 1º. Se autoriza al Ilmo. Ayuntamiento de El Saucejo (Sevilla) para adoptar su Escudo Heráldico, que quedará organizado en la forma siguiente: Escudo Cortado, Primero, de Plata, El Sauce de Sinople. Segundo, de Oro, Tres Jirones de Gules; La Bordura componada de Oro y Gules en tres órdenes. Tercero, de Azul, La Flor de Lis en Punta. Al timbre Corona Real Cerrada.

Artículo 2º. Comunicar el presente Decreto al Ilmo. Ayuntamiento de El Saucejo (Sevilla).

Artículo 3º. Publicarlo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de junio de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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