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Examinado el expediente sancionador nº 86/014-18 seguido a Doña Francisca López Garrido, D.N.I. 789.547 con domicilio en C/ Serrallo nº 6 de Linares (Jaén), el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Gobernación, y previa deliberación en su reunión de 3 de junio de 1987.
RESUELVE
Imponer a Doña Francisca López Garrido, D.N.I. nº 798.547 y domicilio en Linares (Jaén) las siguientes sanciones:
1. Multa de seis millones de pesetas (6.000.000 ptas.) como responsable de la falta tipificada como muy grave en el artículo 28.2 de la LJACAA; esto es distribuir los boletos o cupones MAE sin poseer autorización administrativa.
2. Asimismo y con carácter accesorio, el cierre o clausura de la oficina MAE sita en calle General Narvaez nº 8, local 4 de Granada, por un período de seis meses en aplicación de lo establecido en el artículo 31.2 de al Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La sanción deberá hacerse efectiva en la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía de la provincia de Jaén, en el plazo de quince días, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, con apercibimiento de que si no consta en dicha Delegación el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio. Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el Consejo de Gobierno de Andalucía, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente.
Sevilla, 3 de junio de 1987
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
ENRIQUE LINDE CIRUJANO
Consejero de Gobernación
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