Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 17/7/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

ACUERDO de 3 de junio de 1987, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Instituto Andaluz de Reforma Agraria, a formalizar convenios de cooperación con mancomunidades de municipios y diputaciones para adquisición de maquinaria destinada a conservación de caminos rurales.

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La Administración, a través de diferentes actuaciones ha dotado a distintas Comarcas y Zonas de una infraestructura viaria rural cuya conservación, de ordinario, ha sido encomendada a los Ayuntamientos respectivos.

Sin embargo, con el paso del tiempo se ha podido constatar que el esfuerzo inversor llevado a cabo en la mejora de la red viaria no ha sido posteriormente complementado por una adecuada conservación, motivo por el cual se está produciendo un estado de deterioro progresivo que impide su utilización por los agricultores y demás usuarios. Siendo la carencia de medios mecánicos una de las causas principales que impiden que los Ayuntamientos puedan llevar a cabo la conservación de sus caminos rurales, se hace necesario arbitrar los medios para dotar a estas Entidades de un parque de maquinaria suficiente y adecuado que permita cumplir la obligación asumida, combinando esfuerzos y financiación pública que aporte materiales, ayudas técnicas y mano de obra necesaria, así como las pertinentes participaciones de los propios usuarios. En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de junio de

1987

A C U E R D O:

Primero.

Se autoriza al Presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria a formalizar convenios de cooperación con las Mancomunidades de Municipios constituidas o que se constituyan para la adquisición de equipos de maquinaria destinados a la reparación y conservación de las redes municipales de caminos rurales, con cargo a los presupuestos que para estas finalidades tengan asignados.

Segundo.

Se autoriza igualmente al Presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria a formalizar convenios con las Diputaciones con el fin de creación de servicios supramunicipales para los objetivos previstos en el artículo anterior y en los que se determinarán los ámbitos municipales de prestación de estos servicios. La financiación así mismo, irá con cargo a los presupuestos que para estas finalidades tenga asignados dicho Organismo.

Tercero.

La formalización de dichos convenios requerirá la previa aprobación del Consejo de Agricultura y Pesca.

Sevilla, 3 de junio de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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