Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 24/7/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda

RESOLUCION de 10 de julio de 1987, de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera, por la que se regula la prestación de los Servicios de Caja de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El Decreto 46/1986, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos establece en su Título I del Capítulo 1º, Sección 2a, las distintas clases de Cajas con que puede contar la Tesorería General, determinando que la regulación de su funcionamiento será competencia de la Dirección General de Tesorería. El Real Decreto 2659/1985, de 4 de diciembre, en su artículo 5º establece que: "Los pagos en las Cajas de las Delegaciones de Hacienda, los ingresos y pagos en la Tesorería de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y Caja General de Depósitos, se realizarán únicamente de lunes a viernes".

La Ley 30/1983, de 28 de diciembre, reguladora de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas establece que la gestión recaudatoria que realicen las Comunidades Autónomas para la recaudación en sus períodos de los tributos cedidos, se ajustará a lo dispuesto en la normativa del Estado.

En su virtud, esta Dirección General de Tesorería y Política Financiera, al amparo de las disposiciones citadas y en uso de las facultades que le confiere el citado Decreto 46/1986, de 5 de marzo, ha tenido a bien acordar:

Primero. La prestación de los Servicios de Caja (Caja General, Cajas Autorizadas y Caja de Depósitos) tanto a nivel Central como a nivel Periférico en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda, se realizará únicamente de lunes a viernes, de 9 a 13 horas.

Segundo. En consecuencia, el vencimiento de cualquier obligación, derecho, reclamación, recurso u operación que deba originar ingresos o pagos exclusivamente en las Cajas mencionadas y que tenga lugar en día distinto a los indicados, queda traslado al día hábil inmediato siguiente.

Tercero. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de julio de 1987.- El Director General, Federico Terrón Muñoz

Ilmos. Sres. Delegados Provinciales de la Consejería de Hacienda.

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