Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 31/7/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Bienestar Social

ACUERDO de 1 de julio de 1987, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Consejero de Trabajo y Bienestar Social a la firma de un convenio de colaboración con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre migración temporera en la campaña de la fresa.

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La Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con cuanto prevé el artículo 12.4 de su Estatuto de Autonomía, tiene asumido como objetivo básico de su actuación política la superación de las condiciones económicas, sociales y culturales que determinan la emigración de los andaluces y, mientras ésta subsista, la prestación a los emigrados de la asistencia necesaria al objeto de paliar, en la medida de lo posible, sus efectos negativos y crear las condiciones indispensables que hagan posible su retorno.

Tal política de emigración viene materializándose por la Junta de Andalucía a través de dos órganos concretos, de un lado, la Comisión Interdepartamental de Emigración con la misión de garantizar la coordinación de la acción de Gobierno en esta materia y cuya Presidencia ostenta el Consejero de Trabajo y Bienestar Social de conformidad con el artículo 2º del Decreto 74/1984, de 27 de marzo, que la regula, y, de otra, como órgano ejecutivo, la referida Consejería de Trabajo y Bienestar Social cuya Dirección General de Emigración tiene encomendada específicamente la asistencia a los emigrantes de temporada y a sus familiares en virtud del Decreto 314/1984, de 11 de diciembre, regulador de su estructura orgánica.

En igual sentido, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social desarrolla su política de emigración a través de la Dirección General del Instituto Español de Emigración, centro directivo al que corresponde las funciones relativas a migraciones interiores o inmigraciones así como la promoción y asistencia social a los trabajadores emigrantes, de acuerdo con el Real Decreto 530/1985, de 8 de abril.

Por todo ello, dado que se producen intensos movimientos migratorios de temporada con motivo de la campaña de la fresa en Huelva, que afectan a un número importante de trabajadores y a sus familias, ambas Administraciones, autonómica y central, consideran conveniente establecer un programa de acción coordinada que contemple las medidas necesarias para la solución de los problemas y necesidades sociales que plantean estos movimientos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo y Bienestar Social, en su condición de Presidente de la Comisión Interdepartamental de Emigración, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de julio de

1987, adopta el siguiente

A C U E R D O:

Autorizar al Consejero de Trabajo y Bienestar Social para celebrar un Convenio de colaboración con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la migración temporera de la campaña de la fresa, conforme al modelo que se acompaña como Anexo al presente Acuerdo.

Sevilla, 1 de julio de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

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