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Visto el Proyecto de Reglamento elaborado por el Consejo Regulador provisional de la Denominación Específica "Brandy de Jerez", de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, por la que se aprobó el Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes.
D I S P O N G O:
Primero. Queda aprobado el Reglamento de la Denominación Específica "Brandy de Jerez" y de su Consejo Regulador, cuyo texto articulado forma parte de esta Orden.
Segundo. La presente disposición entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 31 de julio de 1987
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
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