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Las Consejerías de Obras Públicas y Transportes y de Economía y Fomento, conscientes de la problemática de la vivienda rural en localización aislada y de su electrificación convocaron mediante la Orden de 22 de mayo de 1987, subvenciones a Ayuntamientos destinadas a la electrificación de la vivienda rural en localización aislada. El artículo 7 de la citada Orden prevé la publicación de la relación definitiva de los municipios a que van dirigidas las subvenciones, el número de viviendas objeto de la actuación en cada uno de ellos, y la cuantía total de la subvención por Ayuntamiento. La Disposición Final autoriza a los Directores Generales de Arquitectura y Vivienda e Industria, Energía y Minas para que dicten las instrucciones necesarias para la correcta ejecución y aplicación de la Orden citada. Formulada propuesta por el Director General de Industria, Energía y Minas en el sentido recogido en la presente Resolución. En su virtud, y de conformidad con las disposiciones legales que son de aplicación, se ha dispuesto lo siguiente:
Artículo primero: Se hace pública la relación de municipios destinatarios de la subvención regulada por la Orden de 22 de mayo de
1987, así como el número de viviendas objeto de la actuación en cada uno de ellos, y la cuantía total de la subvención por Ayuntamiento. Todo lo cual figura recogido en el anexo de la presente Resolución.
Artículo segundo: La selección definitiva de las viviendas concretas objeto de la actuación en cada municipio, corresponderá al Ayuntamiento de acuerdo con los criterios señalados en el artículo 5, apartados c y d de la Orden de 22 de mayo de 1987.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 30 de julio de 1987.- El Director General, José Ramón Moreno.
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