Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 1/9/1987

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 24 de agosto de 1987, por la que se hace pública la relación de opositores que han superado las fases de concurso-oposición en las pruebas selectivas para la provisión de plazas en el cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Maestría Industrial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Ilmo. Sr.:

De acuerdo con el apartado 8.5 de la Orden de 20 de marzo de 1987 (BOJA de 31 de marzo), por la que se convocaban pruebas selectivas para la provisión de plazas en el Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Maestría Industrial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Esta Consejería ha tenido a bien disponer:

Primero. Hacer pública, según lo dispuesto en la base 8 de la convocatoria, la lista por asignaturas de los opositores que han superado las fases de concurso y oposición de las mismas, con indicación de la puntuación total obtenida, según el Anexo I a la presente Orden.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base 9 de la Orden de 20 de marzo de 1987, abrir un plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOJA para que los opositores aprobados en las fases de concurso y oposición presenten ante la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia los documentos enumerados en el apartado 9.1 de la citada Orden y que son los siguientes:

a) Fotocopia compulsada del título exigido para ingreso en el Cuerpo o Certificación Académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

b) Certificación de no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de la docencia, expedido por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías, deberán presentar certificación de los órganos competentes de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social que acredite tal condición, e igualmente, deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria, acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. c) Declaración jurada o promesa de no encontrarse separado por expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercero. El destino que puedan obtener los opositores relacionados en el Anexo I de la presente Orden, les será adjudicado por la Consejería de Educación y Ciencia a partir del día 17 de septiembre de 1987. Este destino tendrá carácter provisional y el definitivo lo obtendrán a través del concurso de traslados al que vienen obligados a participar, de acuerdo con el apartado 8.7 de la Orden de convocatoria. Aquéllos que por encontrarse cumpliendo el servicio militar, por gestación o por causas de fuerza mayor, necesiten aplazamiento para incorporarse a sus destinos provisionales y, consiguientemente, a la fase de prácticas, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Personal de esta Consejería, acompañando los documentos justificativos.

Cuarto. Aquellos opositores que no se incorporen al destino provisional en el plazo de cinco días a partir de la comunicación del mismo, se entenderá que renuncian al concurso-oposición, con la excepción del último párrafo del punto anterior.

Quinto. Por la Dirección General de Personal se adoptarán cuantas medidas e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta Orden.

Sexto. Contra la presente Orden podrán formular los interesados recursos de reposición ante la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de agosto de 1987

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Ilmo. Sr. Director General

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