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De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del anexo al Real Decreto
3936/82 de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de Educación, en relación con el Decreto 1987/64 de 18 de junio, y a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de agosto de 1987
D I S P O N G O:
Artículo único. Se clasifica como Centro No Oficial Renocido de Enseñanzas Artísticas, con el alcance y efectos que para dicha clase de Centros establecen las disposiciones vigentes, al Centro No Oficial Autorizado de Enseñanzas Artísticas "Escuelas de Danza Maica", sita en Avda. del Gran Capitán, nº 19, planta sótano 1, de Córdoba, que quedará adscrita a la Escuela Superior de Danza de Córdoba, a efectos de formalización de matrícula y examenes de fin de Grado.
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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