Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 18/9/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 20 de julio de 1987, por la que se da conformidad a la permuta de dos solares de los bienes de propios del Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Córdoba), por una casa propiedad de los Hermanos Gómez Soldado, S.A.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto

781/86 de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983, Circular de 14 de septiembre y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 2/1979 de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de

30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de dos solares, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Córdoba) a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 4 de junio de 1987, por una casa propiedad de los Hermanos Gómez Soldado S.A. y cuyas descripciones son las siguientes: Propiedad particular: Solar sito en calle San Luis, s/n, procedente de los terrenos del Barrio Jesús Nazareno, con una superficie de 288,50 m2 y fachada de 12 m., a continuación de los permutados a Dª María Senra Varela.

Solar nº 2 de manzana A) del barrio Jesús Nazareno, formando esquina a las calles José Aparicio y Enmedio Huerta Palacio, con una superficie de

73,15 m2, lindando por la izquierda con el solar nº 3 y por el fondo con el nº 1, ambos de la misma manzana y procedencia. La valoración conjunta de ambos asciende a 3.648.975 ptas.

Propiedad particular: Casa marcada con el nº 50, antes 20, de la calle Virgen de la Cabeza, compuesta de dos pisos de altitud, que comprende varias habitaciones y patio. Linda, por la derecha entrando con otras de herederos de D. José María Piedras Mérida; izquierda con otra de D. Teodoro y Dª Gregoria Montes, y espalda o fondo con huerto de la antes citada casa. Su valor asciende a 3.500.000 ptas., existiendo una diferencia entre ambas valoraciones de 148.975 ptas. a favor del Ayuntamiento, cantidad que deberá abonar al mismo los Hermanos Gómez Soldado, S.A.

2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Cordoba).

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de julio de 1987

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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