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Iltmos. Sres.:
En el recurso de apelación seguido ante la Sala 4a del Tribunal Supremo con el nº 260/85, promovido a instancia de Inmobiliaria Zaudín Alto, S.A., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, con fecha 5.10.83, sobre denegación de prórroga de presentación de proyecto de urbanización del Plan Parcial de Ordenación Urbana "El Zaudín" en el término de Bormujos (Sevilla), se ha dictado sentencia con fecha 14 de noviembre de 1986, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
"Fallamos: Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Inmobiliaria Zaudín Alto S.A. contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla de 5 de octubre de 1983, debemos confirmar y confirmamos dicha sentencia, sin perjuicio de lo que derive del acto administrativo al que se refiere el apartado A) del Fundamento Jurídico cuarto de esta sentencia, sin hacer una expresa imposición de costas". Esta Consejería de conformidad con lo establecido en los arts. 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y lo establecido, asimismo, en el Real Decreto 3825/82 de 15 de diciembre y Real Decreto
3481/83 de 28 de diciembre, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 16 de septiembre de 1987
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Iltmos. Sres: Vic tor General de Urbanismo; Delegado Provincial de Sevilla.
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