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De conformidad con lo dispuesto por el Real Decreto de 25 de octubre de
1930, que regula las denominaciones de los establecimientos oficiales de enseñanza, el art. 8 de la O.M. de 4 de noviembre de 1975, que aprueba el Reglamento provisional de los Centros de Formación Profesional, los arts.
13 y 16 de la Ley Orgánica 5/85 de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, así como el Real Decreto 3936/82 de 29 de diciembre, sobre transferencia de funciones y servicios a esta Comunidad Autónoma en matería de Educación, vistos los Acuerdos de los Consejos Escolares, los informes preceptivos de las Delegaciones provinciales de Educación y Ciencia correspondientes, así como la autorización del jefe de la Casa de S.M. el Rey, en el caso del Instituto de Formación Profesional de Bailén.
Esta Consejería, ha dispuesto conceder a los Institutos que a continuación se relacionan las siguientes denominaciones:
Instituto de Formación Profesional.
Domicilio: C/ Arroyo, s/n.
Localidad: Bailén.
Provincia: Jaén.
Denominación: Instituto de Formación Profesional "Infanta Elena".
Instituto de Formación Profesional "Francisco Franco". Domicilio: Avda. Simón Bolivar, s/n.
Localidad: Málaga.
Provincia: Málaga.
Denominación: Instituto de Formación Profesional "La Rosaleda".
Sevilla, 25 de agosto de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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