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Expediente: Declaración de Monumento como Bien de Interés Cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Tabernas (Almería). Encontrándose en tramitación el expediente de declaración de Monumento como Bien de Interés Cultural a favor de la Iglesia Parroquial de Tabernas (Almería), se ha acordado, en consideración alestado en que se encuentran las actuaciones, y conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley de Procedimiento Administrativo y al artículo 13.2 del Real Decreto 111/1986 de 10 de enero, abrir un período de información pública para que en el término de treinta días hábiles, puedan cuantos tengan interés en el mismo, alegar lo que estimen conveniente en orden a la declaración que se pretenden, a cuyo fin, el expediente en cuestión estará de manifiesto en la Dirección General de Bienes Culturales, Departamento de Régimen General del Patrimonio Histórico, Cuesta del Rosario, 8, Planta 4., Consejería de Cultura, de nueve a catorce horas.
Sevilla, 31 de agosto de 1987.- El Director General, Bartolomé Ruiz González.
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