Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 16/10/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Fomento

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Granada sobre solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que se cita (ref.: 3893/AT) (PP. 882/87).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincia, a instancia del peticionario que se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto

2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y en el Capítulo III del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria.

Esta Delegación Provincial de Economía y Fomento ha resuelto autorizar el establecimiento de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Málaga. Maestranza, número 4.

LINEA ELECTRICA

Origen: Embarrado general de 20 KV Sub. Granada Sur. Final: Línea enlace a la de Bomba-Huétor Vega; Línea al Colegio Sierra Nevada; Línea al Zaidín y Línea a Armilla. Términos municipales afectados: Granada-Huétor Vega-Armilla y Ogijares. Tipo: Aéreas y subterránea.

Longitud en Km.: 2,128; 1,276; 0,800 y 2,192. Tensión de servicio: 20 KV.

Conductores: Al. Ac. de 116,2 mm2.

Apoyos: Metálicos.

Aisladores: Cadena.

Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 33.500.000 pesetas.

Finalidad de la instalación: Mejorar el servicio a la zona Sur de Granada, a su zona rural y a las localidades de Armilla, Huétor Vega, Gjar, La Zubia y Ogijares.

Referencia: 3893/A.T.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de seis meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Granada, 17 de septiembre de 1987.- El Delegado, José Prados Osuna.

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