Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 23/10/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda

DECRETO 182/1987, de 29 de julio, por el que se acepta la donación a la Junta de Andalucía por el Ayuntamiento de El Bosque (Cádiz), de un edificio anexo a la piscina municipal de dicha localidad, para destinarlo a Centro de interpretación-recepción del Parque Natural de Grazalema.

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Por el Ayuntamiento de El Bosque (Cádiz), ha sido ofrecido a la Junta de Andalucía el edificio anexo a la piscina municipal, de 385 metros cuadrados de superficie, sito en Avda. de la Diputación nº 10 de dicha localidad, con destino a la instalación de un centro de Interpretación-Recepción del Parque Natural de Grazalema. Por la Agencia de Medio Ambiente se considera de interés la aceptación de la referida donación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de julio de

1987.

D I S P O N G O:

Artículo 1º.: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación a la Junta de Andalucía por el Ayuntamiento de El Bosque (Cádiz), de un edificio anexo a la piscina municipal, de 385 metros cuadrados de superficie, cuya descripción es la siguiente: parte Oeste del recinto en donde se ubica la piscina municipal, que consta de bar y cocina anexa en construcción de una sola planta, vestuarios sobre los que existe una terraza, caseta y servicios, ocupando todo ello una extensión superficial de trescientos ochenta y cinco metros cuadrados, situado al sitio del Anden con entrada al Norte por la antigua carretera de Arcos a El Bosque. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Grazalema como parte de la finca 323, Inscripciones 1a y 2a, a los folios

45 y 46 del tomo 49 del Archivo, Libro 5 de El Bosque. Asimismo, y según resulta de los datos registrales, el inmueble donado se halla libre de cargas. Se destinará a la Instalación de un Centro de Interpretación-Recepción del Parque Natural de Grazalema.

Artículo 2º. El inmueble donado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y, previa segregación de la finca matriz, inscribirse a su nombre en el Registro de la Propiedad para su ulterior afectación por la Consejería de Hacienda a la Agencia de Medio Ambiente.

Artículo 3º. Por la Consejería de Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 29 de julio de 1987.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda

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