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Al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1433/79, de 8 de junio, por el que se estableció el Plan Técnico Transitorio del Servicio Público de la Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, el Decreto 68/82, de 27 de agosto, reguló la concesión de Emisoras de Radiodifusión -Institucionales y Privadasen Ondas Métricas con Frecuencia Modulada.
En cumplimiento de lo previsto en el mismo, el Consejo de Gobierno, por Acuerdo de 9 de octubre de 1984, concedió adjudicación provisional de emisoras de Radiodifusión en Ondas Métricas con F.M. en Andalucía. Los requisitos exigidos en los Artículos 10 y 11 del citado Decreto
86/1982, de 27 de agosto, han sido cumplidos por el concesionario provisional que figura en el Anexo de la presente Resolución. En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 14 de octubre de 1987,
R E S U E L V E:
Otorgar concesión definitiva de Emisora de Radiodifusión a la entidad que figura en el Anexo de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 86/1982, de 27 de agosto.
Sevilla, 14 de octubre de 1987.
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de la Presidencia
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