Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 10/11/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Fomento

RESOLUCION de 20 de octubre de 1987, de la Delegación Provincial de Jaén, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita (BT. 049-265).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Compañía Sevillana de Eléctricidad, S.A. solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica y la autorización en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas, y el Capítulo III del Decreto

2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eláctricas, y Ley de 24.11.1939. Esta Delegación Provincial, ha resuelto:

Autorizar a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características técnicas, son las siguientes: Finalidad de la instalación: Mejorar la calidad del servicio en la localidad de Las Infantas, término municipal de Jaén, conforme a las previsiones del Planer.

Características: Nueva red de distribución en baja tensión en sustitución de la primitiva existente en la localidad de Las Infantas, término municipal de Jaén, a 380/220 Voltios, en conductores de tipo trenzado de aluminio con secciones comprendidas entre 95 y 25 mm2, soportados mediante abrazaderas a un cable de acero galvanizado y suspendido por apoyos, palomillas o garras. Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto, pesetas: 6.150.846.

Referencia: BT- 049-265.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 del 20 de octubre. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto en ejecución, previo, cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966 del 20 de octubre.

Jaén 20 de octubre de 1987.- El Delegado, Manuel Rodríguez Méndez.

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