Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 13/11/1987

3. Otras disposiciones

Presidencia

DECRETO del Presidente 273/1987, de 3 de noviembre, sobre descatalogación parcial del monte El Castillo, núm. 106 del catálogo de utilidad pública de Jaén, sito en el término municipal de Torres de Albánchez.

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El Ayuntamiento de Torres de Albánchez (Jaén), en sesión extraordinaria del Pleno celebrada el día 30 de enero de 1987, adoptó el acuerdo de solicitar de la Agencia de Medio Ambiente la exclusión de una parcela de

10,1750 Has. del Monte "El Castillo", no 106 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Jaén, al no reunir ya las condiciones que fueron determinantes de su inclusión en el citado Catálogo. Instruido el correspondiente expediente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento de Montes y a la vista de los informes emitidos se ha acreditado suficientemente que la citada parcela no reúne las condiciones que en su día fueron determinantes para su catalogación. Las circunstancias que concurren en la mencionada parcela han ido originando un deterioro en la misma, con el consiguiente perjuicio para el monte. La mencionada exclusión tiene como finalidad primordial la preservación del resto del monte de toda acción perturbadora para su integridad territorial y ambiental, replegándose el lindero y protegiéndose por una cerca o alambrada.

En su virtud, vistas la Ley de Montes de 8 de junio de 1957, su Reglamento aprobado por Decreto 485/1962 de 22 de febrero, Real Decreto

1046/1984 de 4 de abril y al amparo de lo dispuesto en los artículos 16 y

44 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Director de la Agencia de Medio Ambiente.

D I S P O N G O

Primero. Aprobar la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Jaén de una parcela de 10,1750 Has. comprendida entre los hitos números 31 al 43 del perímetro exterior del Monte "El Castillo", señal correspondiente al piquete no 98 y puntos 2 al 19, según figura en el plano levantado al efecto.

Segundo. La citada exclusión queda sujeta a las siguientes condiciones: a) Una vez entregada de modo provisional la parcela descrita al Ayuntamiento y se compruebe que se destina a los fines previstos en el expediente, la Dirección Provincial de la Agencia de Medio Ambiente de Jaén procederá a la entrega definitiva rectificando y amojonando el nuevo perímetro del monte.

b) Seguidamente, el Ayuntamiento deberá proceder a levantar una valla o alambrada en la nueva mojonera del monte a fin de que quede protegido de posibles influencias de las actividades que se desarrollen en la zona excluida.

Tercero. La Dirección Provincial de la Agencia de Medio Ambiente de Jaén, deberá incluir en las 18 Has. no consorciadas del Monte "El Castillo", las correspondientes a la parcela segregada, así como llevar a cabo los trámites necesarios para reflejar la nueva situación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Jaén y Registro de la Propiedad de Orcera, de acuerdo con los nuevos datos del Polígono I del monte tal y como obra en el expediente instruido al efecto.

Cuarto. Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Contra el presente acto, que tiene carácter definitivo en vía administrativa, puede interponerse, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de noviembre de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

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