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Estando prevista la culminación de la reforma de los planes de estudios universitarios durante el presente curso académico, y habiéndose regulado el Curso para la obtención del Certificado de Aptitud Pedagógica para el curso 85/86 por Orden de 11-12-85, es aconsejable prorrogar la vigencia de dicha Orden para el curso 87/88, por ello esta Consejería ha dispuesto:
Artículo único: El Curso para la obtención del Certificado de Aptitud Pedagógica para el curso académico 1987/88 se regulará por lo dispuesto en la Orden de esta Consejería de fecha 11 de diciembre de 1985, BOJA núm. 3 de 14 de enero de 1986.
Sevilla, 2 de noviembre de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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