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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º, apartado 1, del Decreto 14/1986, de 5 de febrero, por el que se regula el régimen de depósito de estatutos de los sindicatos de trabajadores en Andalucía, en relación con el artículo 4º, apartado 4 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, y a los efectos previstos en ambos preceptos, se hace público que en este Consejo a las 9 horas del día 11 de noviembre de 1987, han sido depositados los estatutos de la organización sindical denominada: "Unión de Sindicatos de Trabajadores de la Enseñanza de Andalucía" (USTEA); cuyos ámbitos territorial y funcional son: la Comunidad Autónoma Andaluza y los profesionales de enseñanza, siendo los firmantes de la documentación constitutiva, D. Jesús Cumplido Romo y D. Félix Ortega Osuna.
Sevilla, 11 de noviembre de 1987.- El Encargado de la Oficina de Depósito, Antonio Canela Pretel.
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