Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 12/12/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Trabajo

CORRECCION de errores de la Orden de 2 de diciembre de 1988, por la que se garantiza el servicio público que presta el personal de las empresas y organismos públicos de recogida y tratamiento de residuos sólidos, mediante el establecimiento de servicios mínimos (BOJA núm.100, de 9.12.88).

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Padecido error en la inserción de la Orden de 2 de diciembre de 1.988 por la que se garantiza el Servicio Público que presta el personal de las Empresas y Organismos Públicos de Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos, mediante el establecimiento de Servicios Mínimos, se procede a la oportuna corrección:

DONDE DICE:

Artículo 2º.- Los Servicios Mínimos que deberán garantizarse durante la huelga, será el 100% de los medios humanos y materiales encargados habitualmente de la recogida de los residuos, de cualquier tipo que sean, de las Instituciones y Centros Sanitarios, así como los necesarios para su tratamiento.

DEBE DECIR:

Artículo 2º.- Los Servicios Mínimos que deberán garantizarse durante la huelga, será el 100% de los medios humanos y materiales encargados habitualmente de la recogida de los residuos, de cualquier tipo que sean, de las Instituciones y Centros Sanitarios, así como los necesarios para su tratamiento, igualmente se garantizará el 50% de los medios humanos y materiales encargados habitualmente de la recogida domiciliaria de dichos residuos y su tratamiento.

Sevilla, 9 de diciembre de 1988

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