Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 16/12/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 24 de octubre de 1988, por la que se autoriza la transformación de una unidad de jardín de infancia en párvulos al Centro Privado de Preescolar y Educación General Básica Platero, de Málaga.

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Examinado el expediente incoado a instancia de la representante legal de la Sociedad Cooperativa Colegio Platero S.L., entidad titular del Centro docente Privado de Preescolar y Educación General Básica "Platero", con domicilio en Urbanizción El Candado c/ Baja, s/n de Málaga, en solicitud de transformación de 1 unidad de Jardín de Infancia en Párvulos. Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga; Resultando que dicha Delegación ha elevado propuesta favorable sobre la referida petición, acompañando los preceptivos informes del correspondiente Servicio de Inspección en sentido favorable; Resultando que el Centro con código 29005898, tiene autorización definitiva de 2 unidades de Preescolar (1 unidad de Jardín de Infancia para 40 puestos escolares y 1 unidad de Párvulos para 40 puestos escolares) y 12 unidades de Educación General Básica para 480 puestos escolares por Orden de 18 de enero de 1979; Resultando que consultados los antecedentes obrantes en el Servicio de Preescolar y Educación General Básica de la Dirección General de Planificación y Centro aparece, que la titularidad del Centro la ostenta "Sociedad Cooperativa Colegio Platero, S.L."; Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto), el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio); la Orden Ministerial de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden Ministerial de 14 de agosto de 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden Ministerial de 22 de mayo de 1978 (BOE del 2 de junio), la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio) y demás disposiciones complementarias; Considerando que el mencionado Centro reúne los requisitos necesarios de capacidad, instalaciones y personal docente de conformidad con las disposiciones vigentes en la materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la transformación de 1 unidad de Preescolar (Jardín de Infancia) en 1 unidad de Preescolar (Párvulos) para 40 puestos escolares al Centro docente Privado "Platero", con domicilio en Urbanización el Candado c/ Baja, s/n de Málaga, quedando con una composición resultante de

2 unidades de Preescolar (Párvulos) para 80 puestos escolares y 12 unidades de Educación General Básica para 480 puestos escolares Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Sevilla, 24 de octubre de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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