Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 17/12/1988

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación

ORDEN de 14 de diciembre de 1988, por la que se nombran funcionarios de la Junta de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 6/1988, de 17 de Octubre, de Modificación de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 6/1985, de 28 de Noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, establece que el personal que presta o haya prestado servicios en la Administración Pública de la Junta de Andalucía mediante relación jurídico-administrativa de carácter transitorio y no permanente y que accedió a dicha prestación de servicios a través de la superación de pruebas selectivas convocadas por la Junta de Andalucía y publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, adquirirá automáticamente a la entrada en vigor de la presente Ley, la condición de funcionario de la Junta de Andalucía; circunstancias que concurren en el personal a que se refiere la presente Orden.

En su virtud, en uso de la competencia que me confiere el Art. 5.f. de la Ley 6/1985, de 28 de Noviembre y Art. 2º.2 del Decreto 255/1987, de

28 de Octubre.

DISPONGO

Primero.- Nombrar funcionarios de los Cuerpos de la Junta de Andalucía que se indican, al personal que se relaciona en el anexo I de la presente Orden, con efectos del día 15 de Noviembre de 1988.

Segundo.- Para adquisición de la condición de funcionario, los interesados habrán de prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de Abril, y tomar posesión dentro del plazo establecido en el artículo siguiente.

Tercero.- La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden, quedando destinados provisionalmente en los puestos de trabajo que actualmente ocupan, con la obligación de participar en los próximos concursos de traslados que se convoquen, hasta la obtención de destino definitivo.

Cuarto.- El personal afectado por la presente Orden, que en la actualidad no se encuentre prestando servicios en la Administración Pública de la Junta de Andalucía, deberá solicitar la adjudicación de destino provisional en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación de la presente disposición, al objeto de la regularización de su situación administrativa.

Quinto.- Los Organos competentes en cada caso, remitirán al Registro General de Personal de la Dirección General de la Función Pública, la documentación correspondiente para la inscripción de la toma de posesión.

Sexto.- Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el Consejero de Gobernación, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el Art. 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 14 de diciembre de 1988

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF