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La estructura orgánica de la Agencia de Medio Ambiente ha sido modificada por el Decreto 254/1987, de 28 de octubre, por lo que resulta necesario determinar la composición de la Mesa de Contratación de este Organismo.
En su virtud, vista la Ley 6/1984, de 12 de junio y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Final Segunda de la Ley de Contratos del Estado y artículo 393 de su Reglamento
HE RESUELTO:
Primero. La Mesa de Contratación de la Agencia de Medio Ambiente estará integrada del siguiente modo:
Presidente. El Secretario General o persona en quien éste delegue. Vocal. El Jefe del Servicio a que el contrato se refiera, quien podrá delegar en un técnico adscrito a dicho Servicio. Secretario. El Jefe del Servicio de Gestión Económica o personal administrativo adscrito al mencionado Servicio en quien aquél delegue.
Segundo. A la Mesa de Contratación deberá asistir, en todo caso, un representante del Gabinete Jurídico y otro de la Intervención General de la Junta de Andalucía.
DISPOSICION ADICIONAL
Cuando los Directores Provinciales de la Agencia de Medio Ambiente actúen como órgano de contratación, los miembros de la Mesa de Contratación podrán delegar sus funciones en personal adscrito a dichas Direcciones Provinciales.
Sevilla, 28 de noviembre de 1988.- El Director, Tomás de Azcárate y Bang.
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