Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 17/12/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Planificación

DECRETO 314/1988, de 15 de noviembre, por la que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz), de unos terrenos de diecinueve mil noventa y cuatro metros cuadrados sitos en la huerta de la Morena, con destino a la construcción de un camping.

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Por el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz) han sido ofrecidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía unos terrenos propiedad municipal, de

19.094 metros cuadrados de superficie, sitos en el lugar denominado "Huerta de la Morena", para destinarlos a la construcción de un Camping. Por la Consejería de Fomento y Trabajo se considera de interés la aceptación de la referida donación.

A propuesta del Consejero de Hacienda y Planificación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de noviembre de 1988,

D I S P O N G O:

Artículo Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz) del inmueble que a continuación se describe: terrenos de 19.094 metros cuadrados de superficie, sitos en el término municipal de Arcos de la Frontera, lugar denominado "Huerta de la Morena", que linda al norte con terrenos del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera, al este con terrenos del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera y Urbanización Santiscal, al sur con terrenos del Excmo. Ayuntamiento de Arcos de la Frontera y al oeste con carretera de acceso al Santiscal. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Arcos de la Frontera al folio 55 del Tomo 597, Libro 262, inscripción 4a de la finca 7.217-N. Libre de cargas y gravámenes.

Artículo Segundo: El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por la Consejería de Hacienda y Planificación a la de Fomento y Trabajo, que la destinará a la construcción de un Camping.

Artículo Tercero: Por la Consejería de Hacienda y Planificación, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 15 de noviembre de 1988

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda y Planificación

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