Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 27/12/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 23 de diciembre d concede una subvención a la asociación de criadores y exportadores de Sherry para realizar una campaña de promoción de sus productos.

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Constituye uno de los objetivos prioritarios de la Consejería de Agricultura y Pesca la mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios de Andalucía, entre los cuales tienen una especial relevancia económica y social los vinos amparados por las Denominaciones de Origen "Jerez-Xérès-Sherry".

Estos productos sufren en la actualidad un desequilibrio entre oferta y demanda, que son acusados en el caso concreto del Reino Unido, su mejor y más importante mercado exterior. Al mismo tiempo los vinos amparados por esta Denominación de Origen son considerados como de alta calidad y proceden de una región particularmente desfavorecida en el conjunto de la C.E.E., por lo que cumple los requisitos establecidos para ser auxiliada. Por otra parte, la Asociación de Criadores y Exportadores de Sherry, debe conocerse como la entidad más idónea y representativa a efectos de promoción y es por ello, por lo que en su virtud esta Consejería de Agricultura y Pesca atendiendo a la solicitud formulada, ha resuelto:

1º. Conceder a la Asociación de Criadores Exportadores de Sherry una subvención de cincuenta millones de pesetas (50.000.000 pta.) para atender los gastos derivados de la realización de una campaña de promoción del Jerez en el Reino Unido, siempre que el costo total de la campaña alcance la cantidad total de doscientos noventa y seis millones de pesetas (296.000.000 ptas.). En el caso de que no llegase a justificar dicha cantidad se deducirá de la subvención el porcentaje correspondiente.

Esta subvención se califica como específica por razón del objeto.

2º. El pago se podrá realizar de la forma siguiente: El 50% a la presentación del Plan de medios definitivos relativo a la campaña de promoción.

El 50% restante a la presentación de las facturas del gasto realizado.

3º. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 23 de diciembre de 1988

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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