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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 2 de diciembre de 1987 por la Audiencia Territorial de Granada en Recurso Contencioso-Administrativo n 544/85 promovido por la Empresa Agromán, Empresa Constructora, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallo: Desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Rafael García Valdecasas y García Valdecasas, en nombre y representación de Agromán Empresa Constructora, S.A., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía (recurso nº 66/85), de fecha ocho de marzo de mil novecientos ochenta y cinco, confirmatoria en alzada de otra de fecha once de enero del mismo año, (expediente 689/84), de la Delegación Provincial en Jaén de la referida Consejería, sobre imposición de sanción por infracción de normas laborales, estimándose ajustados a derecho tales actos; sin costas.
Sevilla, 2 de marzo de 1988.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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