Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Mediante Resolución de 3 de diciembre de 1984 (BOJA nº 10, de 5 de febrero de 1985), se otorgó a la Cofradía de Pescadores de Lepe, previo acuerdo de colaboración con los Ayuntamientos de Lepe y Cartaya, autorización para el uso y disfrute en exclusiva del río Piedras, a los sólos efectos de explotación marisquera, sin perjuicio de permitir otros usos a personas interesadas, autorización que se prorroga por un año mediante Resolución de la Dirección General de Pesca de 30 de enero de
1986.
En 1987 la Comisión Gestora hace la petición de prórroga, no produciéndose ésta a consecuencia de la prohibición preventiva de captura y venta de moluscos en la provincia de Huelva. A la vista positiva de la experiencia transcurrida hasta el momento, y una vez levantada la prohibición de captura y venta de moluscos por Orden de 5 de noviembre de 1987, esta Dirección General, en uso de las facultades concedidas por el Decreto 144/82 de 3 de noviembre, ha tenido a bien acceder a la petición de la Cofradía de Pescadores de Lepe, prorrogando hasta el 31 de diciembre de 1988 la autorización administrativa para la explotación marisquera del río Piedras, en las mismas condiciones que las establecidas en la Resolución citada de 3 de diciembre de 1984.
Sevilla, 1 de febrero de 1988.- El Director General, Fernando González Vila
Descargar PDF