Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 22/3/1988

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda

DECRETO 48/1988, de 24 de febrero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Estepona (Málaga), de una parcela de terreno sita en su término municipal, con destino a la construcción de una guardería infantil.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por el Ayuntamiento de Estepona (Málaga) ha sido ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de terreno de una extensión superficial de 2.250 metros cuadrados, sita en su término municipal, con destino a la construcción de una guardería infantil.

Por la Consejería de Trabajo y Bienestar Social se considera de interés la aceptación de la referida donación.

A propuesta del Consejero de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de febrero de 1988.

DISPONGO:

Artículo primero. De conformidad con lo dispuesto en el art. 80 de la Ley de Patrimonio se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Estepona de una parcela de terreno, de

2.250 m¯ de extensión superficial.

Dicha parcela sería la resultante de la agrupación, y posterior segregación, de las siguientes fincas registrales:

1. Parcela en el Partido de la Lobilla, sito de Calancha, compresiva de una extensión superficial de 1.619 m¯. Linda al Norte y al Este con otra parcela de 2.820 m¯ propiedad del Ayuntamiento de Estepona; por el Sur, con resto de la finca matriz de la cual se segregó; y por el Oeste, con la Ronda Exterior. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Estepona al tomo 467, Libro 314, folio 111, finca 24.226, inscripción 1ª.

2. Parcela sita en el Partido de la Lobilla, sito de Calancha, con una superficie de 2.820 m¯. Linda; al Norte con camino; Sur, en parte con finca de la que se segregó y arroyo; Este, con la misma finca principal; Oeste, Arroyo Calancha. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Estepona al tomo 341, Libro 212, folio 94, finca nº 17.597, inscripción

1ª.

De la finca resultante de la agrupación de las dos anteriores, se segregaría la que es objeto de la presente donación, cuya descripción es la siguiente: Parcela de terreno o solar de naturaleza urbana, de 2.250 m¯ de superficie, sita en el partido de la Lobilla, sito de Calancha, Estepona; Linda; por su frente con la Avda. de Andalucía o ronda Exterior; derecha, con terrenos de la Bda. Surinsa, 2ª fase; por la izquierda, con resto de la finca de propiedad municipal de la cual segrega por el fondo, con camino y resto de la finca municipal de la cual segrega.

Artículo segundo. El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la propiedad, para su ulterior afectación por la Consejería de Hacienda a la de Trabajo y Bienestar Social, para los servicios de guardería infantil dependiente de la misma.

Artículo tercero. Por la Consejería de Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la afectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 24 de febrero de 1988.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda

Descargar PDF