Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 25/3/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 17 de marzo de 1988, por la que se adjudican becas de formación de personal investigador del programa general del conocimiento y las universidades andaluzas y centros de investigación de la Junta de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De acuerdo con la Convocatoria de becas para la Formación de Personal Investigador para Universidades, Centros del C.S.I.C. y Centros de Investigación de la Junta de Andalucía (Orden de 23 de noviembre de 1987, BOJA de 11 de diciembre de 1987), esta Consejería de Educación y Ciencia, ha resuelto:

Primero. Otorgar nuevas Becas destinadas a la Formación de Personal Investigador en la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyos beneficiarios se relacionan en el anexo adjunto. Con efecto de 1 de marzo a 28 de febrero de 1989.

Segundo. La dotación de estas becas, con una duración de 12 meses, cubrirá los siguientes aspectos:

1.Una asignación mensual de 73.000 pesetas. 2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica y hospitalización.

3. Ayuda complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Departamento donde el becario realice sus investigaciones. La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los beneficiarios están obligados a: a) Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Centro en que se lleve a cabo la investigación.

b) Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria semestral con el estado de la investigación en que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto de Investigación. c) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigación, una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto.

La no observancia de estas normas supondrá la anulación de las ayudas concedidas.

Sevilla 17 de marzo de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Descargar PDF