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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 15 de septiembre de 1986, por la Audiencia Territorial de Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1233/84 promovido por la empresa Banco de Vizcaya, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallamos: Que estimando el presente Recurso interpuesto por el Banco de Vizcaya, S.A., contra las Resoluciones sancionadoras de la Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperativas de 6 de febrero de 1984 (Expte.
114/83) y de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de 27 de abril de
1984, que confirmó en Alzada la anterior, debemos declarar y declaramos la nulidad de las mismas por contrarias al ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 22 de marzo de 1988.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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