Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 8/4/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

CORRECCION de errores de la Orden de 26 de octubre de 1987, por la que se reglamenta la denominación de origen Baena y su Consejo regulador (BOJA núm. 89, de 28.10.87).

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Advertidos errores en la disposición de referencia a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones: Capítulo VIII, de las infracciones, sanciones y procedimiento.

Artículo 44. Donde dice: "Todas las actuaciones que sea preciso desarrollar en materia de expedientes se atemperarán a las normas de este Reglamento, a las de la Ley 25/1970 y Decreto 835/1972 y a la vigente Ley de Procedimiento Administrativo".

Debe decir: "Todas las actuaciones que sea preciso desarrollar en materia de expedientes se atemperarán a las normas de este Reglamento, a las de la Ley 25/1970 y Decreto 835/1972, Real Decreto 1945/1983 y Ley de Procedimiento Administrativo.

Articulo 54. Apartado 3.

Donde dice: "Las infracciones de este Reglamento prescriben a los cuatro años de su comisión, ..." Debe decir: "Las infracciones de este Reglamento prescriben a los cinco años de su comisión, ..."

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Quinta. Donde dice: "En el plazo máximo de tres meses de la publicación de la Orden de aprobación de este Reglamento ..." Debe decir: "En el plazo máximo de tres meses, a partir de la publicación de la Orden de ratificación de este Reglamento ..."

Sevilla, 29 de marzo de 1988

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